terça-feira, 21 de maio de 2024

EL FUTURO DE LA PROPIEDAD INMATERIAL, LA CORTE INTERAMERICANA, LA PETICIÓN P-1704-19

EL FUTURO DE LA PROPIEDAD INMATERIAL, LA CORTE INTERAMERICANA, LA PETICIÓN P-1704-19 El FUTURO de LA PROPIEDAD INMATERIAL, la CORTE INTERAMERICANA, la PETICIÓN P-1704-19 en el Tema de Derecho - Criminología de las Palabras clave de los derechos de autor, la propiedad, la inmaterialidad, la medicina, el derecho, las políticas de la universidad de la Pequeña descripción que los Autores y Editores han sido sistemáticamente en el robo de miles de millones de dólares, y el justo resarcimiento de dicho perjuicio debe ser hecha por la corte penal internacional (cpi), con el objetivo de prevenir la aparición de este ROBO, necesarios para el ROBO DEL PATRIMONIO INMATERIAL INFORMÁTICOS. Larga descripción de la EMBAJADORA ANA MARINA DE: 10139 Por: Alzira Fecha: lunes, 2/09/2019 a las 05:22 pm Subject: RE: la Página web de la Presidencia de la República, Escribe al Presidente de la república Para: aannttoniopereira@gmail.con el adjunto se envía el oficio en 10139, Con mis mejores deseos, DSDA - Correspondencia de la Secretaría General de la Presidencia de la República ---------- Forwarded message --------- De: Antonio de Pereira " Fecha: lunes, 26/08/2019 a la(s) 07:54 pm Subject: SOLICITUD AL PRESIDENTE de la república, Marcelo Rebelo de Sousa, Portugal, en calidad de OBSERVADOR PERMANENTE de LA organización de los estados americanos A: Honorable Marcelo Rebelo de Sousa, el Presidente de la República, la cual es una OBSERVADORA PERMANENTE de LA ORGANIZACIÓN de LOS ESTADOS AMERICANOS, En mi declaración se publicará en el.el libro de Febrero de 03/2020 Mi nombre Maria Lucia da Silva, de la Edad de 56 años de edad, Residente en la zona este de São Paulo, a Causa Ti desde2011 Primero comenzaron por subir videos para que la gente me burlarse utilizan con la temática. se habla de que sale el mal olor,la llama de una vieja ridícula,se habla de que se va a abusar sexualmente de los niños, la familia, los hijos, revela las contraseñas de la base de habla, a través de un auricular para que no me robe,mate, María espanque,f, ny perder la traducción de inventen mentiras a la gente en contra de ella. La Tortura física y con un equipo de micro-ondas ,los proyectos de campo de la robótica, los experimentos de laboratorio con los equipos de las ondas electromagnéticas mareos ,náuseas, dolores en el cuerpo,la flaqueza, la crisis de estrés. muchas de las veces ni siquiera puedo salir de la cama. Los señores Demandantes, tengo la suerte de acudir a ustedes, en nombre de sí mismo https://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/blog - post_60.html ; la lista completa de los participantes que han enviado el mismo escrito de interposición, y cada una de ellas, en su propio nombre, con el fin de que los hombres pueden someterse a la jurisdicción de la Honorable Corte Interamericana de Derechos Humanos, en mi Caso, en el cual se espera a que el número de registro: EDILEUSA LOURDES ARROYO, frente a la República Federativa del Brasil, de que el llamado " ESTADO de brasil. En mi Caso, es una extensión del caso, que será presentado por el Señor Wellington Antonio Doninelli santiago de compostela,en el cual se presentará a la COMISIÓN, el creador de una nueva forma de violación de los Derechos Humanos, en el que se basa la IMPRESIÓN de que, con base en una demanda FEDERAL en 200571500307741 JEC / TRF4 ( en la foto en jpg: http://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/processo-200571500307741-jec - trf4.html ). Yo EDILEUSA LOURDES ARROYO, yo creo que las AUTORIDADES ENCARGADAS de la FRAUDULENTA de la PROHIBICIÓN DEL SEÑOR PEREIRA, Y la CONTINUA PERSECUCIÓN POLÍTICA, EL SEÑOR PEREIRA, que son, de forma resumida, son los siguientes: el JUEZ FEDERAL NORBERTO DE NARDI, y el PROCURADOR de LA REPÚBLICA, RODRIGO VALDEZ garcía, cuya participación en la violación de los derechos humanos, se puede ver en la siguiente; Yo, Edileusa Francisca Arroyo decir que la violación es común a todas las víctimas, en el caso de que el descrito por el Señor Pereira en el Artículo 5, apartado 2, de la CONVENCIÓN INTERNACIONAL DE los DERECHOS HUMANOS. Yo Edileusa Francisca Arroyo vuelvo a decir que, en mi Caso, es una extensión del caso, que será presentado por el Señor Wellington Antonio Doninelli santiago de compostela,en el cual se presentará a la COMISIÓN, el creador de una nueva forma de violación de los Derechos Humanos, en el que se basa la IMPRESIÓN de que, con base en una demanda FEDERAL en 200571500307741 JEC / TRF4 ( http://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/processo-200571500307741-jec - trf4.html ). LOS AUTORES de esta nueva modalidad de DELITO o de los LADRONES, o con los socios, violan los DERECHOS humanos, con el objetivo de que los criminalmente la apropiación de los BIENES INMATERIALES de los DEMÁS; y el Señor Pereira estará peticionando para la corrección de las violaciones ocurridas en el proceso de 200571500307741, y en nombre de todos cuando se vuelvan a firmar esta recogida de firmas en apoyo de la TESIS DE que el DELITO que aquí se ha defendido, en la que se me EDILEUSA FRANCISCA ARROYO firma; por lo tanto, TODAS LAS VIOLACIONES a LOS DERECHOS HUMANOS, que en esta demanda se centra en los medios: EL centro de REPROGRAFÍA, impresión de libros protegidos por derechos de autor. He aquí, entonces, la MOTIVACIÓN y el MEDIO que se UTILIZA, lo que nos hace falta ahora, es la de atribuir la AUTORÍA de la comisión DE un DELITO, a través de la DOCUMENTACIÓN, de la Universidad Federal de Río Grande del Sur (UFRGS y, en la TESIS DE la AUTORÍA de la comisión DE un DELITO, vamos a tener dudas de si es el ROBO DE los BIENES INMATERIALES, que si el DELITO no está en constante EVOLUCIÓN, ya que además de las FOTOCOPIADORAS físicas, químicas y MECÁNICAS de las máquinas que se COPIAN, y que en la antigüedad sólo se copiaban a los BIENES INMATERIALES ( el texto de los libros ), sospechar de que los nuevos modelos de la máquina, las llamadas de máquina de MÁSER de láser en la frecuencia de la energía de la coherencia no es visible), se están produciendo en la capacidad de copiar los TEXTOS, SOBRE EL PAPEL, pero la copia, hasta el PENSAMIENTO de los seres HUMANOS y en TIEMPO REAL VÍA SATÉLITE. El Señor Pereira, la víctima de la VIOLACIÓN de LOS DERECHOS HUMANOS perpetrada por la UNIVERSIDAD FEDERAL DE RÍO GRANDE DEL SUR (UFRGS, defiende la TESIS de la comisión DE un DELITO, y que el hecho de que la UNIVERSIDAD, que no sólo han facilitado el ROBO de LA PROPIEDAD INMATERIAL, a través del centro de REPROGRAFÍA MECÁNICA no autorizada, trata de ocultar, disimular, la EVOLUCIÓN de ESTE tipo de DELITO, por la GRADUACIÓN de los médicos y los ingenieros que han desarrollado de forma sub-sigilo, en colaboración con UNIVERSIDADES EXTRANJERAS, la MÁQUINA de MÁSER, que serán en el futuro, el ROBO de la propiedad inmaterial, a través de un SATÉLITE, por un haz de ENERGÍA COHERENTE. le corresponde al Señor Pereira, la víctima llevó a cabo en la comisión del delito de ROBO de los BIENES INMATERIALES, por el método antiguo, el de la máquina de culpa, que es el tema en CONCRETO, por lo que se puede con puntualidad a probar, a proporcionar a la Comisión de Derechos Humanos de la LISTA de LAS PERSONAS que afirman que están siendo vitimadas las UNIVERSIDADES que se encuentran en el desarrollo de las fotocopiadoras de maser, el Señor Pardo no está, por lo tanto, en esta TESIS, la comisión DE un DELITO, que quiera PROBAR la UNIVERSIDAD FEDERAL DE RÍO GRANDE DEL SUR, brasil ya tiene, o sea subrepticiamente el desarrollo de las FOTOCOPIADORAS de MASER, en colaboración CON OTRAS UNIVERSIDADES de la región de América del Norte, Centroamérica, Europa y medio Oriente, a lo que el Señor Pereira, que estará es el que se presenta la EVIDENCIA de que la UNIVERSIDAD en la QUE DEMOSTRADO que constituye una violación a LOS DERECHOS HUMANOS, a través de la reprografía, en mecánica y en la que, a la motivación de los BENEFICIOS políticos que se generan a partir de la violación de LA PROPIEDAD INMATERIAL, en el papel de la propiedad intelectual, tiene que estar PERMANENTEMENTE SUPERVISADO para EVITAR que el CRIMEN y EL ROBO de LA PROPIEDAD INMATERIAL, en el Papel de avanzar por el DELITO DE ROBO DEL PATRIMONIO de la CIBERNÉTICA, a través de la máquina de maser, ya que, aunque no se si se pueda, por el momento, no se prueban, no reconocer la existencia de este nuevo delito, ya tenemos una LISTA ENORME DE personas que dicen estar relacionado con el fenómeno de la Telepatía Sintética, V2K y el sexo - el, que es un sentido del humor, es un efecto secundario de las personas que tienen a sus pensamientos, copiados, en tiempo real, de las fotocopiadoras de máser y el señor Pereira, Consultor de la organización de Defensa Civil, y el Presidente de la Asociación de Víctimas de las Armas Cibernéticas, y ALEIVIMAPOIA tipo de servicio: 31.505.178/0001-18, están, a modo de conclusión de esta TESIS, la comisión DE un DELITO, con la presentación de la TESIS, un MÉDICO, protocolada en la UNIVERSIDAD DE buenos aires, universidad de são paulo, Y en el HOSPITAL GENERAL DE las fuerzas armadas ( Boletín EB70-MC-10.239 Punto: 3 .2 .1 .8 1. en el DÍA de 18/06/2019 ) y el CONSEJO REGIONAL DE MEDICINA DEL ESTADO DE SÃO PAULO (CREMESP el PROTOCOLO de 104832 (https://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/cremesp-protocolo- 104832.html ) en el que las víctimas de las violaciones de los derechos humanos, indican que hasta el RFID's que están siendo utilizados para la COPIA de las víctimas a recuperar el PATRIMONIO INMATERIAL, por el pago, todo ello de una forma rápida, así como las medidas de seguridad y la CORTE INTERAMERICANA, se puede tomar en favor de las víctimas de la violación de los derechos humanos, ya que no se puede demostrar, y que constituye el TEMA DE ESTUDIO, para que las víctimas de esta nueva forma de violación de los DERECHOS HUMANOS, de víctimas, la COMISIÓN deberá informar de la misma, que ya están incluidos tal y como se puede ver en el PROTOCOLO de la MUNICIPALIDAD de LA CIUDAD DE SÃO PAULO, brasil, el PROTOCOLO: 6011_2019_0000763_7.jpg (https://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/bruno-covas-lopes-prejuizo - de-120.html) DIRIGIDA AL ALCALDE de LA CIUDAD DE SÃO PAULO, brasil, es un documento en el que las víctimas de las violaciones de los derechos humanos, de forma explícita cita de la CORTE INTERAMERICANA, en el caso de que las autoridades siguen permitiendo la IMPRESIÓN de que sin el DEBIDO PAGO, ya que a pesar de tener la impresión de no importa qué tan avanzado esté el centro de copiado, se hace necesario que el devidopagamento, a quien se ha copiado. tiene que ser INSERTADO en un CASO CONCRETO, y la VIOLACIÓN del derecho DE PROPIEDAD INMATERIAL por la máquina mecánica, con el fin de que LA EVOLUCIÓN DE un DELITO DE HURTO DE los BIENES INMATERIALES, COMETIDO POR las UNIVERSIDADES de todo EL MUNDO que pueda empezar a ser investigado, razón por la cual solicito a la COMISIÓN para que esta SOLICITUD será enviada a los OBSERVADORES INTERNACIONALES, en los que el Señor de PERFORACIÓN, de CHARLES ROBINSON, AIIZ GARY OWENS, el exdirector de FIORA, JAMES GREER, BONNIE S. KELLERBY, la POBREZA VRITSCHAN Y DECENAS DE personas que pueda representar, no sólo en el CASO de LA VIOLACIÓN a LOS DERECHOS HUMANOS COMETIDAS en CONTRA DEL SEÑOR santiago de compostela, sino que es un CLAMOR de la humanidad de la Industria del Libro, los Autores, los Editores y el Público en general, que hay una GARANTÍA de FUTURO, de lo QUE es EL DERECHO, Y EL RESPETO A los BIENES INMATERIALES, SE mantenga en el tiempo. En el Caso que vamos a tratar es el proceso por el 200571500307741 JEC / TRF4 ( en la foto en jpg: http://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/processo - 200571500307741-jec-trf4.html donde el JUEZ FEDERAL Marcelo Nardi, se posiciona POLÍTICAMENTE en favor de la abolición de la PROPIEDAD INMATERIAL, y el apoyo de su pareja Recorrió los Marcos de las Diniz ( la de la foto .jpg:http://livroaserpublicado.blogspot.con el/2019/07/thomas jefferson-de-marcos-lucas campos - e-seu-socio.html ) ; el Juez Federal Marcelo Nardi se condena con la situación POLÍTICA de el Señor de santiago de compostela, es decir, el PARTIDO POLÍTICO, de lo CONTRARIO, el PARTIDO de la lucha por LA PRESERVACIÓN DEL DERECHO A la PROPIEDAD, el Juez Federal Norberto de Nardi se condena al Señor Pereira, de la que fue expulsado de la UNIVERSIDAD FEDERAL DE RÍO GRANDE DEL SUR, brasil. El Juez no sólo la persecución política y el Señor santiago de compostela, sino que, deliberadamente, FRAUDA en el proceso de 200571500307741, el cual no pudo ser completado después de la EXPULSIÓN de los estudiantes , habría que, por ley, a que se complete antes de su expulsión, por lo que la UNIVERSIDAD de la parte DEMANDADA, y en todas las cartas de la UNIVERSIDAD, que se envían al Señor Pereira, deben de haber sido abierto el juicio de dios ( https://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/joao-arthur-farias-da - cruz-11102005jpeg.html con la citación de los testigos, por lo que no se ha producido,el Juez, ya que estaba DECIDIDO A PERSEGUIR POLÍTICAMENTE, el Señor Pereira, frauda en el proceso y en el ESTADO BRASILEÑO de frauda juntos, ya que, en un segundo momento, los demás Jueces y Fiscales del gobierno federal, en lugar de pedir que el Juez Marcelo Nardi y corrección de la injusticia, de común acuerdo, deciden grave violación de los derechos humanos y el pleno, con la prohibición del Señor Pereira, y su exclusión de la Sociedad, en las vías de la permanente callar de él. Pide que el Señor Pereira, por la que la Comisión indique àCORTE que ha habido una violación del Artículo Primero de la Convención Internacional de los Derechos Humanos, se produjo una PERSECUCIÓN POLÍTICA. Pide que el Señor Pereira, la comisión indica al tribunal que ha habido, además, una violación del ARTÍCULO DOS, ya que el ESTADO no hizo caso a la COMISIÓN para la DEFENSA DE los CONSUMIDORDIREITOS HUMANOS https://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/comissao-de-defesa-do - consumidor-e.html) , CEDECONDH, DE 14 DE DICIEMBRE DE 2004, por la segunda pauta, en la que dio ganancia de causa al Señor de Vizcaya. El proceso amañado por el Juez Federal Marcelo Nardi,el fraude que se ve agravada por el hecho de que el juez se negara a convocar a los testigos, y su socio thomas Jefferson de los Cuadros de ayudarlo a obtener el título, acusado de la comisión de DERECHOS HUMANOS, en el cual se nardi acoberta a la persecución política. Pide que el Señor Pereira, la COMISIÓN indica al tribunal que ha habido, además, una Violación del Artículo 5. el párrafo 1), El Fiscal Rodrigo Valdez, de Olivo https://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/rodrigovaldezdeoliveira - 28042011.html y Inglacir Dornelles Clós Delavedova ( https://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/blog-post 13.html ) intentaron en contra de la integridad física, psíquica y moral, y con la amenaza de que el Señor Pereira, estaría contaminado en contra de su voluntad y la de su familia. / páragrafo 6,de la CENSURA, que tuvo como objetivo privar al Señor Pereira, de las afueras de la capital, se realiza con la intención de aislar al Señor Pereira social, en un intento de condenar al fracaso social y económico de los tres médicos y una psicóloga del INSTITUTO de PSIQUIATRÍA FORENSE de MAURICIO CARDOZO, se niegan a RECONOCER que el SEÑOR PEREIRA, que es un FUNCIONARIO PÚBLICO CONCURSADO, esta información de vital importancia el que se acredita que el SEÑOR PEREIRA, que está siendo PERSEGUIDO POLÍTICO y QUE se HA COMIDO a UN procedimiento de CONCURSO PÚBLICO ROBADO, se esconde de los médicos y de administracion judicial, los que ACTÚAN DE MALA FE PÚBLICA, porque no se pueden tener en un proceso de exclusión, de ocultar el hecho de que está a favor de la víctima, y así lo han hecho, ya que la PROHIBICIÓN que tenía como objetivo, no a la RECUPERACIÓN de la víctima, pero en el total de la exclusión social y económica, que es la razón por la que la junta médica de la IPFMC escondió en el informe de la Dra. Regina Beatriz Palma, CRM, 10337; Psicóloga Leonor Crippa Bragagnolo CRP 07/07577 ; Administracion Claudete Bonatto Reichert 07/01295; Administracion KaiciMarcondes de madera de Roble, CRP: 07/01717 ; Auxiliar contable Miguel María de Garret, Pereira, CRP07/04419; ADMINISTRACION Josselize M. C. Gomes 07/05758; informe firmado por el Josselize M. C. María, en la fecha 07/08/2008; Violación del Artículo 7, apartado 3, ha sido vetado de forma arbitraria por un Médico y una Psicóloga que se han reconocido en el documento emitido el Informe Favorable erauma el pedido de una venganza política, y por qué tendría que mentir en la presentación de un extremo a otro, como mienten al decir que no se tienen los datos de los médicos, los datos de los médicos que fueron despedidos por la JUNTA DE gobierno DE la SALUD MENTAL, el OFICIAL de la provincia DE RIO GRANDE DO SUL, DEMEST, por el Dr. josé Luis Fregapani, ¿cómo es que el IPFMC la mente de los que no se disponen de los datos de los médicos, luego de declarar que se va a hacer el análisis subjetivo de las ideas y de la víctima para perseguir ( INFORME PERICIAL en la PÁGINA cinco de los https://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/superintendencia-de - temas a tratar.html), El señor Pereira le pide a la Comisión, en el que se indique en la Corte, la violación de los páragrafo 6, del artículo 7, que los Abogados que renuncian a la ayuda de casación interpuesto por la vetado, ya que el juez competente para el levantamiento de la interdicción, se requiere de un abogado a todos los abogados del Estado, que se niegan rotundamente a advocar a la víctima, a la que considera un ciudadano de la menor, con menos derechos que los demás; la Violación del Artículo 8, en el paradear 1, de la Universidad de en la Persona del Director del Instituto de artes de la Universidad Federal de Río Grande del Sur, brasil, el Arcángel, Pedro Briggmann hace que los Cargos Penales, sin necesidad de registrarse en la policía ( en la foto: https://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/arcanjo-pedro - briggmann-depor-fim-de.html donde las falsas acusaciones que se toman como verdad por el Juez Marcelo Nardi, por lo que el Señor Pereira, podría enfrentarse a un tribunal que tiene la gente de que el acusado penalmente. La violación de Arigo, 8 de paradear 2), el Juez de la Adel, Daniel Dias de Oliveira, encabezada por el Señor Pereira, de ser un BASTARDO, pero no se ha demostrado que legalmente lo que había calumnias, ya que no la manera de que el calumniando a la persona inocente es acusado de difamar, y el Señor santiago de compostela, para que averiguara lo que llamó su nombre por el Juez Federal Marcelo de Nardi, de vagabundo, de la mafia, y que, sin vergüenza alguna, fue el propio abogado de la TRF4, Andrio Portuguez de Borja, príncipe de todos los abogados de los internos en el interior del tribunal de TRF4(http://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/andrio-portuguez-fonseca-oab - 31913.html)/ paradear 2, la cláusula "B:" El Señor Pereira estaba en el procesamiento de la UNIVERSIDAD, porque la UNIVERSIDAD era la parte DEMANDADA, el Señor Pereira, que no podía abrir las cartas de la demandada ( se abre sería la de un hombre ); así que se ajuste a la TRf4, el JUEZ, a presentar la comunicación previa y detallada de la acusación formulada por la parte demandada ( http://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/joao - arthur-haces-de-la-cruz - 11102005jpeg.html ), lo que habría impedido a la EXPULSIÓN DEL ALUMNO / a, POR orden DEL RECTOR.( ) / incumplimiento de la cláusula C de la decisión de la corte y de las personas de la UNIVERSIDAD que se dan de esta forma, sin necesidad de que el ABOGADO DE la DEFENSA, Andrio Portuguez Flores se pudiera, y a su cliente, el Señor Pereira, tenían un tiempo a la defensa, que verifiquen que el Juez Marcelo Nardi, no se puede esperar que la expulsión injusta de los estudiantes para verificar aqueleCRIME, muy por el contrario, se tendría que convocar a los ACUSADOS, a la UNIVERSIDAD y, por tanto, el hacer,el 4 - CIDHPETIÇÃO - CIDH - 0000048589impedir de que la injusticia que se produjera/ incumplimiento de la cláusula F): El señor pereira, que no ha sido oído en el juicio, no ha habido ninguna audiencia, en donde se pudesseinquirir los testigos o peritos que puedan arrojar luz sobre los hechos;el Artículo 8, paradear 2, G: el juez de lo interno de la UNIVERSIDAD, Luisa Elena de Malta Moll, dijo a la SUSEPE, el órgano al que se IPFMC depende de que el Señor Pereira, se condenó a sí mismo,por lo que ninguna de las partes que lo han acusado siquiera ha escuchado, ni siquiera el tribunal de justicia de la Violación de la cláusula de H: el derecho a recurrir de la sentencia, para que el juez o tribunal superior, un documento en el que se produjo la VIOLACIÓN EXPLÍCITA de LOS DERECHOS HUMANOS de LA UNIVERSIDAD a la registrada por la SUSEPE en el INFORME_______, por sí sola, ya que demostraría que el LAUDO _______ es una persecución política de la que, sin una base de la medicina o de la psicología, y que,por lo tanto, el Señor Pereira, que no podía ni siquiera estar vetado. / El abogado de la Andrio Portuguez Flores, y el Juez Marcelo Nardi que se coordinan de tal manera que el Señor Pardo no es capaz ni siquiera de los medios para hacer que el recurso de apelación ante un tribunal superior, el Señor Pereira, no se puede determinar debido a la falta de transparencia y la honestidad en el TRF4, ya que en todas las ocasiones en las que Pereira se iba allí a pedir que se le indique a través de un abogado sobre el fraude judicial por la que va a sufrir, y a la necesidad de hacer un recurso de apelación a un tribunal, al mencionar que en el proceso de ____________ osfuncionário lo puso fuera de la corte, por lo que el Señor Pereira, que no sería más que obtener en el foro de alla, y no se daba una explicación, tal como aparece en la Estructura Civil de la ocurrencia de la _______________________en su Artículo 10. paradear 2. Luisa Elena de Malta Moll, que ataca a la familia del Señor santiago de compostela, con la colocaçõesracistas en el teléfono. Cuando sabedoura que había una demanda Federal en el que ella estaba en la parte de Atrás, mejor que lo haría frente a las de el Señor de Pereira, en el tribunal ante el que esta corriendo en el proceso, en lugar de querer forzar a que el proceso de su bebé__________________________.ELDOCUMENTO PÚBLICO, OFICIAL y FIRMADO POR LUIS HELENA, MALTA, MOLL, de fecha 11 de MAYO de 2005, de LA MENTIRA, PÚBLICA y OFICIALMENTE, LA PROFESORA de la FISCAL, QUE DEBERÍA DEMANDAR a SUS COMPAÑEROS de clase los PROFESORES QUE ESTABAN en la práctica de LA EXTORSIÓN, el HECHO COMPROBADO de que LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE la MUNICIPALIDAD DE PORTO ALEGRE, brasil, EN el QUE LOS PROFESORES, de que la MENTIRA Y la práctica de la EXTORSIÓN, SE NEGARON A participar Y PROPORCIONAR información, por favor, que ESTOS MISMOS MAESTROS Y MAESTRAS de los COBARDES, de LA UNIVERSIDAD REPORTAN en ESTE DOCUMENTO en el QUE TODO SE hace CORRECTAMENTE Y de QUE EL SENHORPEREIRA que VA a SER ESCUCHADO, LO QUE NO SE HABLA EN ESTE DOCUMENTO, ES QUE HABÍA UNA DEMANDA FEDERAL EN CONTRA DE LUISA ELENA DE MALTA MOLL, DONDE LA UNIVERSIDAD ES LA CIUDAD DE REUS Y, POR LO TANTO, NO SE PODERIASEQUER EL SEÑOR PEREIRA RECIBIR A LOS ACUSADOS DE CARGOS CRIMINALES SIN NECESIDAD DE REGISTRARSE EN LA POLICÍA, EN LA QUE EL CONTENIDO DEL DOCUMENTO ANTERIOR, EL DIRECTOR DEL INSTITUTO ZORRILLA, PEDRO BRIGGMANN PARA VOLVER A LA OPERACIÓN EN EL OTRO CASSADA POR PARTE DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DE LA MUNICIPALIDAD DE PORTO ALEGRE, BRASIL, QUE HABÍA QUE LOGRAR LA EXPULSIÓN DEL ESTUDIANTE DE LA UNIVERSIDAD, ASÍ QUE NO HA HABIDO INTERÉS EN LO QUE EL SEÑOR PEREIRA ERA EL OÍDO, EN EL PRESENTE DOCUMENTO, A MÁS DE DECENAS DE DOCUMENTOS EXPEDIDOS POR LOS JUECES Y FISCALES, SIEMPRE HA SIDO ESCRITO PARA DARLE UN ASPECTO DE LA REALIDAD PARA TRATAR DE ENGAÑAR A QUIEN LO LEE A TRAVÉS DE LA MALA FE PÚBLICA, INCLUSO EN EL DÍA DE LA AUDIENCIA ILEGAL YA EN LA UNIVERSIDAD, YA QUE ESTABA SIENDO PROCESADO EN EL PROCESO ANTERIOR, EN EL QUE SE ESPERA LA SENTENCIA, Y QUE EL SEÑOR PARDO NO PUDO PRESTAR DECLARACIÓN ANTE UN TRIBUNAL CREADO POR LA EMPRESA DEMANDADA A QUE EL PROCESO CELEBRADO EN CONTRA DE LUÍZA HELENA, MALTA, MOLL Y EN LA UNIVERSIDAD ERA COMPLETA, EN EL DÍA DE LA AUDIENCIA DE LOS ILEGALES, A LOS DE BRASIL, LUIZ ELENA EN EL MOLL DE MALTA LLEGA A LA SALA DE SEGURIDAD DE LA UNIVERSIDAD Y SE PRESENTA HASTA AGREDIR FÍSICAMENTE A LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS Y PERSONAL DE SEGURIDAD EN EL INTERIOR DE LA UNIVERSIDAD DESESPERADA COMO PARA HACER QUE LA VÍCTIMA, EL SEÑOR PEREIRA, LA FIRMA DE DOCUMENTOS, SIN NECESIDAD DE LEER) . El artículo 13 de paradear 1, Rodrigo Valdez, de Oliva, de espió las comunicaciones personales de el Señor de Pereira, y se declara que el Pardo es un Esquizofrénico, y que, por lo tanto, no tendría más derecho a la libertad de expresión, y se contrató a IPFMC para imponer la CENSURA previa acerca de que el Señor de Vizcaya. Artículo 11. La protección de la honra y de la dignidad 1. Toda persona tiene derecho al respeto de su honra y al reconocimiento de la dignidad del ser humano. Imputaram rodrigo díaz de vivar F22."0" Y " EL CID 42.0. EL PLAZO DE LA PROHIBICIÓN: ESPAÑA. en una persona sana, sana. Artículo 14. El derecho de rectificación o resposta1. Toda persona afectada por informaciones inexactas, u ofensivas, emitidas en su perjuicio a través de medios de difusión legalmente reglamentados y que se dirijan al público en general, que EL SEÑOR PEREIRA, YA QUE los ÓRGANOS QUE se han VIOLADO LOS DERECHOS HUMANOS que se PRESENTEN DISCULPAS Y RECONOCER EL ERROR. El artículo 21 de la paradear 3, las EXTORSIONES, el Artículo 23 de PARADEAR 1 DE la CLÁUSULA C, que Fue robado de un concurso público, y el derecho a una plaza en la universidad pública. En el artículo 24, que no ha sido tratado por igual ante la ley, es sumamente regresa. En el artículo 25, paradear 1), bajo el argumento de que estaban actuando en el ejercicio de sus actividades oficiales, el Señor Pereira, se ha excluido el derecho de enfrentarse a quien lo Hirió; y si hubiera justicia en España, el Señor Pereira, tiene el derecho de enfrentarse a las siguientes personas, en un tribunal de la Justa: ____________ El Señor Antonio de pereira, es ajeno a la misma, de los sonidos, normal, con y sin la enfermedad mental y el desarrollo mental, completa y siempre que el tiempo de la acción POLÍTICA en DEFENSA DE los BIENES INMATERIALES, plenamente capaces de comprender el carácter de pujar, de sus actos y de sus derechos, CIVILES y PENALES, respectivamente, por defecto el Procurador de la República, Rodrigo Valdez, de Oliva, de la que ha abusado de su autoridad, en los términos del arte 26 del Código Penal, con el PROPÓSITO de PERSONAL y POLÍTICO en el que el Señor Pereira, fuera de forma permanente en silencio, y no se podía exponer el fraude legal explícita de lo que es el proceso de 200571500307741 / JEC-TRF4 ( la de la foto .jpg http://maser.zip.net/images/a1.jpg https://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/processo-200571500307741 - jec-trf4.html ). El Señor Pereira, se puede demostrar fácilmente que se trata de una persona sana, ya que durante todo el tiempo en el que se ha PERSEGUIDO POLÍTICO POR parte del ESTADO, se ha creado él mismo, dos de las ORGANIZACIONES EN PRO de LOS DERECHOS HUMANOS, la ALEVIMAPOIA, tipo de servicio: 31.505.178/0001-18 cuya condición de que el Señor Pereira fue, y la otra, la BRASILDOFUTURO", en la que el Señor Pereira, que trabaja como CONSULTOR de la organización de DEFENSA CIVIL (facebook: https://www.facebook.com/groups/1725426037769253/ ) , en la que se presta asistencia a más de 70 de los Brasileños de las víctimas de violaciones de los Derechos Humanos, - muchas de las cuales estarán a la firma de esta solicitud, en su condición de víctimas y la evolución DE los delitos DE robo, ROBO de LA PROPIEDAD INMATERIAL. Se les invita a declarar a favor del Señor Antonio de Pereira, y la Tesis de la comisión de un Delito, a ser presentada por el Ciudadano Estadounidense Derrick Charles Robinson, y el ciudadano Británico Aiiz Gary Owens, Pablo, Fiora, la Pobreza Vritschan and James Principal and Bonnie S. Kellerby, conocidos defensores y defensoras de los derechos humanos, a los cuales se envió a la COMISIÓN en su testimonio que el Señor Pereira, es el de una PERSONA SANA, que5 - CIDHPETIÇÃO - CIDH - 0000048589foi, y que está siendo INJUSTAMENTE PERSEGUIDO POR el ESTADO y, en su opinión, frente a la TESIS de la comisión DE un DELITO: el Delito de la Impresión en papel de las máquinas reprográficas ) se ha desarrollado para el Crimen y la Impresión de los seres Humanos a través de satélite y de las nuevas máquina del laser de la frecuencia invisible, llamadas de la máquina de Maser; el Señor Pereira le pide, por tanto, a la COMISIÓN que incluya a las personas que van a enviar el escrito a la COMISIÓN como a las posibles víctimas de la TESIS, la comisión DE un DELITO, a ser presentada o, en el caso de que no se declaren las víctimas, que pueden ser añadidos a la solicitud de la condición de OBSERVADORES, en este caso, de los DERECHOS HUMANOS en lo que concierne a las Américas, y en el caso particular del Señor Pereira, que es Brasileño, pero que, en su mayor extensión, debido a la IMPORTANCIA del TEMA, QUE ES LA de los BIENES INMATERIALES, que incluye, además, a todo el mundo, la estancia en abierto, y de que la COMISIÓN puede aceptar que se entreguen a favor del Señor Pereira, a los empresarios de la INDUSTRIA DEL LIBRO y las demás pertinentes de los activistas de los DERECHOS HUMANOS de los que el Señor Pereira, que no puede hablar debido a las limitaciones en cuanto al tamaño de la demanda, sino que se les invita a corroborar la TESIS de la comisión DE un DELITO aquí y verás que, al enviar a la CORTE que la misma DEMANDA. Si hay aquí un espacio en el Señor Pereira, invitaría a todos los EDITORES ( https://publishers.org/about/member-list / http://www.abdr.org.br/ ), para que puedan posicionarse a favor de los derechos humanos, lo que impide que el PATRIMONIO MATERIAL robado a ellos por la máquina de desautorizadas que no se utilicen para financiar las violaciones de los derechos humanos, si no se toman medidas para EXIMIR de responsabilidad a los colegios, en el caso de la VIOLACIÓN DE la MÁQUINA físicas, químicas y MECÁNICAS, y el avance de las investigaciones secretas en el desarrollo de la máquina de maser, más y más personas se están teniendo en sus vidas destruidas por la TELEPATÍA SINTÉTICA, V2K y el SEXO-EL, el fenómeno, que es el Señor de santiago de compostela, en la teoría DE la AUTORÍA de la comisión DE un DELITO, que se presentará a la COMISIÓN, a la que el Señor Pereira argmenta, que son las directamente derivadas de la violación de la impresión de los SERES HUMANOS a través de satélite, con las nuevas tecnologías, el máser. El Señor Pereira le pide a la COMISIÓN que la Corte exige que el Estado tenga en cuenta que el Señor Pereira, es un testimonio de la Municipalidad de Porto Alegre, en el recurso de CASACIÓN y DEL tipo de servicio que el PROCURADOR de LA REPÚBLICA, RODRIGO VALDEZ, DE la aceituna y el MINISTERIO PÚBLICO FEDERAL de BRASIL acobertaram para que el ALUMNO, una vez que el Señor Pereira, fuera expulsado de la UNIVERSIDAD, sin que jamás haya tenido que reconocer que se lo echó a un ALUMNO por una venganza política al que ha acusado de la máquina _______, que tenía en el INSTITUTO DE artes DE LA UNIVERSIDAD de la FEDERA DEL estado de RÍO GRANDE DEL SUR. el mismo reconoce, el cual ha sido solicitado, en la FECHA de INICIO de LA PERSECUCIÓN POLÍTICA, la CEDECONDH, DE 14 DE DICIEMBRE DE 2004, por la que el Señor Pereira, es un testimonio DE la MUNICIPALIDAD DE PORTO ALEGRE, EN el CASO DE la VIOLACIÓN de LOS DERECHOS HUMANOS, el hecho de que ha cumplido y se ha registrado en el PARLAMENTO DE la MUNICIPALIDAD DE PORTO ALEGRE, brasil, en donde la COMISIÓN nacional DE DERECHOS HUMANOS, que ya había sido declarado por el Señor santiago de compostela, en la misma FECHA, el Ministerio Público Federal que se había VIOLADO LOS DERECHOS HUMANOS Y DE los CONSUMIDORES, al encubrir el ROBO cometido por una de las máquinas de reprografía, perteneciente a cargo de Rector de la Universidad Nacional. El Juez , el Fiscal y por el Rector, que en conjunto han sido responsables de la PERSECUCIÓN POLÍTICA en su contra por el Señor santiago de compostela, incluso, se saca de la Universidad, como REPRESALIA POR el SEÑOR PEREIRA, que fue UN MERO TESTIGO DE la MUNICIPALIDAD DE PORTO ALEGRE, tiene que ver con el hecho de que los funcionarios públicos deben ser del MISMO PARTIDO POLÍTICO, el DUEÑO de LA MÁQUINA de REPROGRAFÍA cassada por parte de la comisión de DERECHOS HUMANOS, el tipo de servicio _05.221.640/0001-45 la POLICÍA FEDERAL DE BRASIL en el PROTOCOLO ---SIAPRO --- REPRESENTANTE de servicio al cliente - DPF-rio grande do sul 08430.039779/2004- 37 ( en la FOTO en JPG: https://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/cnpj - 052216400001-45-policia-federal-do.html y como todos los hombres están a la misma idea de que la PROPIEDAD MATERIAL, INTELECTUAL y DEBE SER ABOLIDA, se han perseguido políticamente por el Señor santiago de compostela, en el cual se defendía y aún así, se defiende la IDEA de la POLÍTICA, la PROPIEDAD INMATERIAL, intelectual, que debe ser respetada. El Juez, el Fiscal y el Gerente, en su AFÁN de abrir de nuevo la máquina de reprografía CASSADA POR parte de la COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS, se han utilizado todos los RECURSOS DE la REPRESIÓN DEL ESTADO, incluyendo la creación de la FISCALÍA y LA POLICÍA, en la persona de la FISCAL ESTATAL, lo que, a fin de garantizar el éxito de su Partido Político, lo que quiere abolir la PROPIEDAD INTELECTUAL, y se ha ido a una citación de la policía civil, la parte DEMANDADA, y el DIRECTOR DEL INSTITUTO DE LETRAS de LA UNIVERSIDAD nacional, llegó a declarar. El Juez Estatal de Idea al darse cuenta de que INGLACIR DORNELLES CLÓS DELAVEDOVA se había retirado del proceso de solicitud de una orden judicial de la parte Demandada, se procede a solicitar que se INGLACIR se fuera y el de dentro de la Corte, sin embargo, que el Juez Estatal de la misma al darse cuenta de la ESTAFA, acosado por el INFORME MÉDICO de FRAUDE, Y por LAS PRESIONES DE SUS SUPERIORES, a LOS FUNCIONARIOS del gobierno FEDERAL, finalmente, en contra de su propia conciencia, y juzgando por la PROHIBICIÓN del Señor de Vizcaya. El Señor Pereira, ha recordado al presidente del tribunal Estatal de lo que en el PROCESO se encontraba en TODAS LAS INSTANCIAS de LA POLICÍA local sobre el Señor de santiago de compostela, a excepción de los que favorecían el Señor de Vizcaya. El Señor Pereira, en medio de la Audiencia, a petición del Juez de paz, se muestra en la APARICIÓN de 3614/2005 la POLICÍA CIVIL DE rio grande do sul ( foto.jpg: https://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/ocorrencia-36142005-policia - civil-do-rs.html que INGLACIR, el FISCAL de estado, se había retirado de la causa a fin de facilitar la PROHIBICIÓN de actuar de manera FRAUDULENTA del Señor santiago de compostela, y es que, en este momento, en el que el JUEZ, teniendo presente la PRUEBA de que Inglacir había actuado de mala fe pública, y pide que ella se fuera de la corte; el Juez,por desgracia, la presión, la PRESIÓN POLÍTICA del ESTADO, en contra del Señor santiago de compostela, sentencia de la PROHIBICIÓN en contra de la voluntad de su Señor Pereira, y la de su Familia, quedando con esto, una vez más, la VIOLACIÓN EXPLÍCITA de LOS DERECHOS de los seres HUMANOS. La Policía Federal y de la Policía local, tanto después de haber sido notificado de que el Señor Pereira, que estaba sufriendo el ROBO de la máquina de REPROGRAFÍA DEL RECTOR, tipo de servicio 05221640/0001 de 45 años ( en la FOTO en JPG: IMAGEN JPG: https://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/cnpj - 052216400001 - 45-policia-federal-do.html), acossados de la Superioridad Intelectual del Rector, por la que se considera como una AUTORIDAD con PODERES TOTALES y ABSOLUTAS, de hacer lo que quiera sin tener que ser investigado, es poco lo que pudieron hacer en pro de la DEFENSA de LOS DERECHOS HUMANOS, VIOLADOS, por lo que el Señor Pereira, después de mucho esfuerzo, ha conseguido que la AUDIENCIA PÚBLICA EN la CÁMARA de LOS CONCEJALES, en donde la COMISIÓN DE DEFENSA DE los CONSUMIDORES Y de los DERECHOS HUMANOS que dio ganancia de causa al Señor Pereira, CEDECONDH el 14 DE DICIEMBRE DE 2004 ( en la foto en jpg: https://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/cedecondh14-de-dezembro - 2004-segunda.html fue cuando el Señor Pereira, comenzó a ser Perseguido Político, es la única Organización en Brasil, que le ha dado el apoyo, ha sido LA POLICÍA, EL EJÉRCITO, una institución SERIA, CORRECTA, en la cual, la comprobación de los MÉRITOS ( en la foto el Sello del Ejército, SvCorQGI que se concede al Senhor6 - CIDHPETIÇÃO - CIDH - 0000048589Pereira a favor de la protección DEL PATRIMONIO MATERIAL E INTELECTUAL: https://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/policia-do - exercito.html la COMISIÓN nacional DE DERECHOS HUMANOS Y de DEFENSA DEL CONSUMIDOR DE la MUNICIPALIDAD DE PORTO ALEGRE, brasil, indica que el Señor de Vizcaya. lo que FALLA en la era de la POLICÍA FEDERAL, que era la OBLIGACIÓN DE los DELEGADOS, que él mismo, cerca de la máquina de reprografía que se estaba generando en el otro y se encargará de aprender de la máquina, del Rector, y se encargará de que los miembros de la mafia a buscar a la máquina en la zona. El Señor Pereira, así que, siguiendo la dirección de LA POLICÍA, DEL EJÉRCITO, el único organismo que ha DEMOSTRADO SER HONESTO, ha llamado a la CÁMARA DE DIPUTADOS, y dijo que habría que lleve a cabo él mismo, y el DELEGADO de LA POLICÍA FEDERAL, que en esta sentencia se le había pasado por un COMANDO MILITAR DEL SUR. La policía federal de brasil, por lo que en una operación de guerra que destruyó la puerta de entrada a la casa de su, de Antonio Pereira, en busca de ARMAS Y EXPLOSIVOS, y el material MILITAR que el ejército DEL SUR, que, supuestamente, se habría facilitado el Señor Pereira, a la que, muy bien armado, que se pudiera dar la voz de prisión y a una negligencia, delegado de la policía federal, con lo cual no se cumple con la ley, y que estaba en connivencia con el otro; no obstante ello, dicha información a la COMISIÓN nacional DE DERECHOS HUMANOS de LA CÁMARA DE DIPUTADOS, pasará a la policía federal, con lo que la OPERACIÓN DE la EXTORSIÓN Y el SOBORNO cuidado con las máquinas reprográficas sería cerrada por la POLICÍA y EL EJÉRCITO, y que el Señor Pereira, debe ser detenido y acusado de tráfico de drogas, para que los estados miembros siguen siendo, a sacar provecho de la matrícula proveniente de las máquinas reprográficas, este rumor infundado, se activa por la acción de la policía federal, en la defensa de las máquinas reprográficas que se hacen en el Otro, y la falsa acusación de un presunto caso DE ENFERMEDAD MENTAL, en contra del Señor santiago de compostela, ¿cuál ha sido mal interpretado por la Cámara de Diputados, una vez más, que es el PROCESO que tiene por objeto acabar con una de las tasas de MATRÍCULA de LOS miembros que se benefician de las máquinas reprográficas, que no había sido enviado por el Señor santiago de compostela, sino por la honestidad de la Asamblea Legislativa del estado de Río Grande del Sur, en la cual, a la fecha) devuelve el EXPEDIENTE a LA CÁMARA DE DIPUTADOS en la QUE pide QUE EL SEÑOR PEREIRA tiene UNA AUDIENCIA PÚBLICA, ya que oshttps://livroaserpublicado.blogspot.con el/2019/07/en el juego de la batalla.html https://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/policia-do-exercito.html ) y los FISCALES DEL MINISTERIO PÚBLICO FEDERAL, el órgano más alto de lo que el gobierno del Estado de Rio Grande do Sul, insistió en la defensa de la Extorsión, la mala conducta y la VIOLACIÓN de LOS DERECHOS HUMANOS, en especial el de RODRIGO VALDEZ, DE OLIVA, luego de esa fecha, el PARLAMENTO del estado que ENVÍA, de que EL PROCESO se haya recibido de la COMISIÓN DE DEFENSA DE los CONSUMIDORES Y de los DERECHOS HUMANOS DE la MUNICIPALIDAD DE PORTO ALEGRE, oficialmente, a la CÁMARA DE DIPUTADOS, lo que indica que sería necesaria UNA AUDIENCIA PÚBLICA para que los autores y editores de damnificados, tanto en la Argentina como en los Estados Unidos y el Reino unido, y en el que la ganancia ilícita de los derechos de MATRÍCULA no se justifica de una PERSECUCIÓN POLÍTICA en su CONTRA por EL SEÑOR santiago de compostela, LA CUAL ERA UN SIMPLE TESTIGO DE la MUNICIPALIDAD DE PORTO ALEGRE, EN el CASO de que la VIOLACIÓN MASIVA de LA PROPIEDAD INMATERIAL, INTELECTUAL, PERPETRADO POR la UNIVERSIDAD, de la que es un DELITO AGRAVADO, por ser una INSTITUCIÓN educativa, la cual tiene el DEBER DE ENSEÑAR A asegurarse de que, en LUGAR DE INSISTIR EN el hecho de ENSEÑAR A HACER el MAL. En la Universidad de Federaldo estado de Río Grande del Sur, documento de la foto: ), con el fin de aprovechar al máximo los beneficios obtenidos por el Robo del Patrimonio Inmaterial de las Editoriales Estadounidenses, Británicos y Brasileños se montó en el mayor esquema de las COSTUMBRES, de su historia personal, los estudiantes y los profesores, en un marco de PLAGIO MASIVO y sin precedentes en la historia de España, podría generar un PROCESO de CANGURO, para que el Señor Pereira, fuera expulsado de la Universidad y de la máquina de reprografía cerrada de los DERECHOS HUMANOS era abierta, y en el OTRO seguía. Este proceso de imitación, que ninguno de los testigos falsos, nunca dieron cita a declarar como testigos, hecho comprobado por la SUSEPE, la SUPERVISIÓN DE los ASUNTOS de personal del centro, QUE FUE a LA UNIVERSIDAD de investigación (en ), que fue utilizado por el juzgador el PROCESO de ___________ ) en su acción política a favor de la ABOLICIÓN de la esclavitud, LOS DERECHOS DE los AUTORES Y de los EDITORES, en la declaración de extinción del derecho a la propiedad privada. Los Estados AUTORITARIOS utilizan en la MEDICINA, como una forma de REPRESIÓN. Cuando el Estado es la AUTORIDAD, COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS en la que se encuentra inserta en este ESTADO tiene, en mayor o menor medida, desecha, es decir, a los empleados públicos de este ESTADO AUTORITARIO, no va a querer asistir a estas comisiones de derechos humanos, para proporcionar información sobre el ABUSO DE la AUTORIDAD y de la persona que DECLARAR a la comisión de DERECHOS HUMANOS, que será pronto o tarde, con ÉXITO, por haber tenido la OSADÍA de abrir el CASO, de los derechos HUMANOS y el ESTADO ES la AUTORIDAD, el ciudadano no saldrá, será SUMAMENTE descartado como un ENFERMO MENTAL si insiste en ser escuchado, o simplemente se IGNORA a un SER INFERIOR, CON MENOS DERECHOS, y que esta situación se está dando con el Señor Antonio Pardo, y el 69 por otros ciudadanos que firmaron la petición, y que se está produciendo, además, con otros miles de ciudadanos y ciudadanas de todo el mundo. El señor Pardo no pudo, en su estado de salud individual, la representación de los miles de seres humanos, y que, sin embargo, no podía dejar escapar la oportunidad de darle la atención, ya que, siendo un CASO JURÍDICO, una TEORÍA, ésta se compone siempre de dos partes, el objetivo y la práctica, que es el proceso por el que se discutira en el Caso de que se presente por el Señor Antonio de santiago de compostela, y la extrapolación, la de mayor alcance, que puede contener cientos de miles de personas en esta segunda parte de la TESIS de que el Señor Antonio de Pereira, no se puede ni probar ni hablar, en su Caso, ya que dependerá de cada uno de los cientos de miles de personas que presenten sus casos particulares y la documentación, que será el telón de fondo del alegato, que será presentado por d. Antonio de Pereira, el cual comenzará con la presentación de su Caso, lo que es muy práctico y objetivo para que, en un segundo momento, lo que demuestra que, por extensión, de la TESIS de que si bien se ha analizado por parte de los expertos, podrían estar incluidos en los nãõ sólo el 69 personas firmaron la petición, sino que abarcó a MILES DE PERSONAS en todo el mundo, las personas a las que el Señor Antonio de Pereira, se estará presentando esta solicitud, en caso de que se quieran endorsá de ella. En este sentido, se le pediría a la COMISIÓN que,acrecentó en el Caso de que lo que está siendo presentado por el Señor santiago de compostela, a todos los Ciudadanos Brasileños o extranjeros, de países de todo el mundo que enviar la misma solicitud a través del correo electrónico de apoyo a la Tesis de que el Señor Antonio de Pereira, se estará presentando, porque, vuelvo a repetir, el problema que aquí se ha presentado el Señor Pereira, que no sólo afecta a la persona, que afecta, además, a una visión más amplia de toda la región de las Américas y en todo el mundo, lo que es el TEMA DE la COPIA, POR el PAGO y la COPIA de la INFORMÁTICA. La violación de los Derechos Humanos, lo que estamos tratando de que se trata de una PERSECUCIÓN POLÍTICA, el ESTADO viola el ARTÍCULO PRIMERO de LA CONVENCIÓN INTERAMERICANA, y vamos a DEMOSTRAR que esta violación al examinar el PROCESO en proceso en 200571500307741 JEC / TRF4 (7 - CIDHPETIÇÃO - CIDH - 0000048589http://livroaserpublicado.blogspot.con el/2019/07/proceso de 200571500307741-jec - trf4.html ). En este proceso, y el Juez, que se coloca en el plano POLÍTICO, que expresa en su sentencia que una creencia personal, sin tener en cuenta que la Ley establece. El perjudicado, el Señor Pereira, que no tenía el derecho de rectificación o respuesta, debido a que el TRIBUNAL FEDERAL de LA CUARTA REGIÓN ( TRF4), no ha permitido que la información inexacta, y las ofensivas utilizadas por el Juez que fueran corregidas, así que TRF4 explícitamente que se violó el Artículo 14, apartado uno, de la CONVENCIÓN; esta violación se agrava porque, según el Juez, si se utiliza de una ACUSACIÓN PENAL en su contra por el Señor santiago de compostela, al afirmar que el Señor Pereira, que había incurrido en el DELITO DE DIFAMACIÓN en contra de lo que se refiere el primer Magistrado de la afirmación es falsa, ya que no había ningún INSULTO, Señor Pereira, llamó a los jueces de la MAFIA, y SIN VERGÜENZA, debido a que el ABOGADO DEL ASUNTO, el Señor, Andrio Portuguez Flores ( libreta de direcciones sin conexión https://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/andrio-portuguez - fonseca-la libreta de direcciones sin conexión - 31913.britney dice que la víctima, el Señor Pereira, en el tribunal de TRF4, por el que el JUEZ se había amañado el proceso, y el Juez, que era un vago y sinvergüenza, y debido a que el mencionado Juez, que es tan corrupto el que va, con el nombre de un Abogado en el curso del proceso, en el que el Señor Pardo no tiene un abogado, y en el expediente del proceso, el Juez no está tan corrupto que ha desaparecido con la evidencia de que ni siquiera el Abogado de la Andrio Portuguez Fonseca, ha habido; el señor Pereira, después de haber sido negado el derecho a la Justicia, que tiene que estar día y noche en busca de alguna autoridad del Estado en el que se pudiera resolver el problema de la injusticia generada por el TRIBUNAL de TRF4, y que el señor Pereira, que sólo se repiten y que se sigue repitiendo a todas las autoridades, a lo que el Abogado le dijo que el Juez era un hombre, un vago y un la vergüenza, por lo que en ningún momento ha habido plagio, sólo se ha producido en el reporte de la información pasada a través de un Abogado, sino que, como en el caso de la PERSECUCIÓN POLÍTICA de la que los dos jueces de la TRF4 que había que coordinar para SILENCIAR a la víctima, el Señor de santiago de compostela, en el que falsamente acusado de ser un BASTARDO, lo cual es una mentira, es ELIMINADO, sin duda, EN la CÁRCEL de el INSTITUTO de PSIQUIATRÍA FORENSE de MAURICIO CARDOZO, a través de la CENSURA OBLIGATORIA en contra de la voluntad de la familia de la víctima, que tenía sus DERECHOS HUMANOS violados en esta PERSECUCIÓN POLÍTICA en el que la víctima y el Señor santiago de compostela, ha sido privado de su libertad, a través de la PROHIBICIÓN de actuar de manera FRAUDULENTA, y estaba constantemente bajo la tortura que sufrió una LESIÓN CORPORAL, la medicación dopante, forzada por la garganta ), si insistes en hacer uso del DERECHO y la política de no estar de acuerdo al veredicto de inexacto, incorrecto, lo que es ofensivo y el fraude, en el que dos de los JUECES y tribunales en el TRF4, utilizada para expresar imponer su visión de la política, de lo que es el concepto de la PROPIEDAD INTELECTUAL, el material debe ser abolida, y que, por lo tanto, el Señor Pereira, ni siquiera el DERECHO de la defensa de la IDEA de la POLÍTICA que de la PROPIEDAD INMATERIAL El INTELECTUAL debe ser protegida y que la ley la proteja, se debe aplicar cuando se le pide que sea de aplicación. El señor pereira, luego se fue en SILENCIO, y que ha vivido en esta pesadilla, de la amenaza y la tortura durante más de 13 años de edad, después de lo cual, me parece que la PERSECUCIÓN POLÍTICA del ESTADO, en contra de la persona que iba a enfriar, lo que podría, tal y como establece la Ley, solicitar el LEVANTAMIENTO de LA PROHIBICIÓN, sin embargo, como se demuestra en los documentos oficiales del ESTADO, https://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/rodrigo-gomes-pinho.html , https://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/cristiano-vieira-heerdt - defensor.html , https://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/rodrigo-gomes - pinto-3d.html , https://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/cristiano-vieira - heerdt-3d-verso.html , https://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/fernanda-santos-peres - advogada.html , https://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/fernanda - santos-peres-4d.html, https://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/fernanda- gonzález-pérez-2dd.en html, en la parte superior DEL DOCUMENTO en el que LA MENTIRA Y el DESHONESTO, ABOGADA de LA DEFENSORÍA del pueblo de la provincia DE RIO GRANDE DO SUL, PATRICIA SANTOS, PÉREZ de la MENTE DE un EXTREMO A otro, de LO QUE se QUIERE CON ESTE DOCUMENTO en el que ELLA, la MENTE Y TRATA de ENGAÑAR a QUIEN lo LEE, Y para EVITAR QUE EL JUEZ PUEDE SOLICITAR A la CÁRCEL de el INSTITUTO de PSIQUIATRÍA FORENSE de MAURICIO CARDOZO QUE se CORRIJA en EL LAUDO EMITIDO a TRAVÉS DE UN NUEVO INFORME,es DECIR, EL DESHONESTO a la ABOGADA PATRICIA SANTOS PÉREZ, NO QUIERE QUE EL JUEZ PUEDA ni SIQUIERA SOLICITAR una NUEVA EXPERIENCIA. Con TODO, EL TEXTO de LA ABOGADA exitosa, que ES TAN MENTIROSO Y se CALCULA que PARA confundir a QUIEN lo LEE, QUE ES UN EJEMPLO DE la forma EXPLÍCITA de la MALA FE PÚBLICA, ESTE ABOGADO HA sido Y ESTÁ SIENDO DENUNCIADO ante EL CONSEJO DE ÉTICA DE LOS colegios de ABOGADOS DE ESPAÑA, los INJERTOS, EN DOCUMENTO PÚBLICO, OFICIAL, de TODOS LOS TIPOS DE INVENCIONES Y MENTIRAS , y el estado ha decidido, por la permanente violación de los derechos humanos, y la más completa de las causas de exclusión del Señor Pereira, de la sociedad Brasileña. y,por lo tanto, tal y como demuestran los documentos a los que el Señor Pereira ha agotado toda posibilidad de acceso a la justicia, se ha recurrido al Señor Pereira, de la Comisión de medios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que requiera el levantamiento de la prohibición del Señor santiago de compostela,reexaminando demostrar el Fraude judicial se produce en el proceso de proceso de 200571500307741 JEC / TRF4 ( ) ; proceso de __________ ( ) eprocesso el PROCESO: 001/1.11.0212760-5(CNJ:.0047270-96.2011.8.21.3001).) todos los obstáculos y peligros, y, por lo tanto, lo que permite que el Señor Pereira, sea indemnizado y reintegrados a la sociedad y a sus Derechos civiles y Políticos que se hayan devuelto. En la parte PRÁCTICA de la TESIS DE la AUTORÍA de la comisión DE un DELITO, después de haber sido la explanada, que vamos a analizar, en la segunda parte, que es el de la evolución DE los delitos DE VIOLACIÓN de LA PROPIEDAD INTELECTUAL en el PROCESO de _______________ ) lo QUE SE le DA AL PAPEL, de LA IMPRESIÓN de REPROGRAFÍA, con UN MODELO de FUTURO, DONDE LA TECNOLOGÍA DE COPIA DE los BIENES INMATERIALES, se PUEDE COPIAR EN TIEMPO REAL, HASTA en EL D. N. A los HUMANOS, Y de las FUNCIONES PSICOLÓGICAS más REMOTAS DEL CUERPO humano a través de satélite, a través de la tecnología Láser a menudo invisible, llamado " el MÁSER. Si el Estado no cumple con la PROPIEDAD INTELECTUAL, EN el PAPEL, debido a que el robo es un gran amigo, que el Estado se va a respetar la Propiedad Material de los Titulares, por el que se trilionária, que son miles de millones de dólares en Patrimonio Inmaterial de Cyber, mientras que la TECNOLOGÍA de MASER, finalmente, ha reconocido? Todos los días, en todo el mundo, las personas se quejan de que están siendo COPIADOS, los que sufren a causa de un fenómeno llamado de la TELEPATÍA SINTÉTICA, la cual es una distracción de lo que la persona que la padece a COPIAR y, a estas personas que tienen en su PATRIMONIO INMATERIAL de CYBER-copia es sumamente descartadas como ESQUIZOFRÊNICAS a tratar de informar de lo que está siendo víctima de su propiedad, y las personas que, de manera similar que en el caso del Señor santiago de compostela, que sufren la PERSECUCIÓN POLÍTICA, por quererem8 - CIDHPETIÇÃO - CIDH - 0000048589defender de la PROPIEDAD INMATERIAL y es en el que más de las veces, INTERDITADAS y excluidos de la sociedad y de los ESTADOS AUTORITARIOS que en nuestra tesis, que se han aprovechado de la EVOLUCIÓN DE la DELINCUENCIA en LA REPROGRAFÍA de la academia, PARA LA recogida EN TIEMPO REAL de LA PROPIEDAD INMATERIAL DIRECTAMENTE con EL CEREBRO Y las FUNCIONES ORGÁNICAS de los más REMOTAS; en el caso concreto del Señor santiago de compostela, en el Estado en que utiliza los códigos de los médicos del CID F22 Y el CID, F42, para eliminar el Señor Pereira; en el segundo caso, lo que estamos analizando, sólo en teoría, los médicos utilizan el CID F-20 de la Esquizofrenia, cuando, en realidad, el CID, la correcta sería la de rodrigo díaz de vivar F99 con la pendencia a el CID W90.0XXA, entonces, que en los dos casos, en el caso de autos, y, en el caso de la teoría del ESTADO AUTORITARIO, en la que se utiliza de MÉDICOS CORRUPTOS, que van de mala fe, aplicar el remedio a la VIOLACIÓN de LOS DERECHOS HUMANOS; sin embargo, la situación descrita por el Señor Pereira, algo en lo que afecta a la región de las Américas y el mundo en su conjunto, el Señor Pereira le pediría a la COMISIÓN que la Corte disponibilizasse expertos, médicos y expertos, ingenieros electrónicos, que puedan demostrar que las VÍCTIMAS de las LLAMADAS "TARGETTED INDIVIDUALS" que no se encuentran en esta condición, el CID, F99 con la misma paraW90.0XXA, que es la DESCRIPCIÓN de una nueva enfermedad, que es el RESULTADO de LA EVOLUCIÓN DE los delitos DE robo, ROBO DE la PROPIEDAD INMATERIAL, la segunda, la Tesis de que el Delito que aquí se presenta; en caso de que la Corte se cree que es este tipo de Láser es Invisible, y el Máser, que es algo muy futurista en la que no se puede estudiar, ya que los autores de estos delitos en la posesión de la tecnología de los satélites espías y las tecnologías relacionadas con el espacio que tienen una logística de categoría superior a la de la policía local, en la que no se cuenta con expertos que son capaces, y que, por lo tanto, la Corte no tendría acceso a su disposición, y de estos a los expertos, si esta es la situación, lo que dejaría entonces de que la COMISIÓN de demandasse, en la Corte de la manifestación y de intervención frente a cada Caso Concreto, que es la violación del derecho de los bienes inmateriales de las máquinas reprográficas, que en el caso particular de proceso de proceso de 200571500307741 JEC / TRF4e que se quede con la segunda parte de la TESIS doctoral, el FUTURISMO , en la que se trata de un MÁSER, un trabajo, en el que la Corte pueda determinar el momento en el que se debe pasar a ser estudiado, legislado o jurídicas objeto de debate. Te pido que la COMISIÓN examine la VIOLACIÓN DEL ARTÍCULO producido por la ADMINISTRACION DEL PRESIDIO MENTAL IPFMC, la página https://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/blog-post_44.html en este TRIBUNAL, EN la SENTENCIA, es UN CONJUNTO DE MENTIRAS que se CALCULAN de LA PERSONA QUE HA sido PERJUDICADA, y NO TIENE LA OBLIGACIÓN DE REPETIR LAS PALABRAS DE la ley QUE LE ES DESFAVORABLE, que es EL SER HUMANO TIENE DERECHO A la LIBERTAD DE EXPRESIÓN, EL SEÑOR ANTONIO de PEREIRA, NO PUEDE SER que LA COPIA en la FOTOCOPIADORA DE la CONCHITA DE NARDI, EL SEÑOR ANTONIO de PEREIRA, A la hora de abordar A los funcionarios Y a las PLAZAS de LAS FUERZAS ARMADAS https://livroaserpublicado.blogspot.com/2019/07/blog-post_15.html ) , LOS CUALES REPRESENTAN más de LA POLICÍA BRASILEIRAEM ÚLTIMA INSTANCIA, NO ES necesario REPETIR O COPIAR LOS MENTIRASCALCULADAS DE UN JUEZ, en la QUE EL PROPIO ABOGADO en EL PROCESO, en EL ANDRIO PORTUGUEZ FLORES, DIJO QUE ERA UN JUEZ, el VAGABUNDO, que NO CORRESPONDE A MI, QUE SOY UN CIUDADANO HONESTO a REPETIR, PALABRA POR PALABRA, a LA decisión DE UN JUEZ QUE hace APOLOGÍA del DELITO y LA Prueba de que la ADMINISTRACION ES DESHONESTO, es que no se EXAMINA en EL CONCURSO PÚBLICO ROBO DEL SEÑOR santiago de compostela, ella lo poco que se examina en la sentencia, el Juez, a la APOLOGÍA del DELITO cometido por el juez Y LA PRUEBA ESTÁ en que EN la PROPIA SENTENCIA QUE SE ha dictado, Y de LA PSICÓLOGA FORENSE, que NO ha QUERIDO VER, QUE EL ABOGADO de la ANDRIO PORTUGUEZ FONSECA, VIO EL JUEZ se DECLARA EN la LÍNEA de __________________ 'QUE LA FOTOCOPIA ES un HECHO COMÚN EN TODAS LAS UNIVERSIDADES BRASILEÑAS" Y QUE, por lo TANTO, COMO LA DELINCUENCIA ESTA PRESENTE EN todas partes, NO ES NECESARIO QUE HAYA UNA LEY, ESTO ES, EL PENSAMIENTO, EL VAGABUNDO, EL JUEZ MARCELO NARDI, CUANDO, EN REALIDAD, EL ASUNTO NO SE REFIERE A TODAS LAS UNIVERSIDADES PÚBLICAS, NO SE REFERÍA SÓLO A LA UNIVERSIDAD, Y ES UN TIPO DE SERVICIO QUE SÓLO REVOCADO POR LA COMISIÓN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS, SINO QUE ES EL JUEZ MARCELO NARDI, ES TAN VAGO, TAN DESCARADO, TAN PILANTRA, QUE EN EL AFÁN DE QUE LA COMISIÓN NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS NO SE HICIERA EN TODO EL PAÍS, EN UN ESTUDIO DE LOS LIBROS, LOS BRITÁNICOS Y LOS ESTADOUNIDENSES, DE LOS BIENES CULTURALES ROBADOS, Y SE NEGÓ A REGISTRAR EL CASO EN PARTICULAR, CON LO QUE SE ABRE A LO ANTERIOR, LO QUE PERMITÍA A LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS, DESPUÉS DE QUE ESTA LA CAUSA PRINCIPAL DE HABER SIDO GANADA, Y CON EL PRECEDENTE DE ABRIR, Que HACER EN TODO EL país, en LA LISTA de LOS LIBROS ROBADOS A LA recuperación NACIONAL DE los AUTORES de los LIBROS Y las EDITORIALES, y LUEGO de QUE EL JUEZ de lo HACE, ES DECIR, el QUE SE AUTORIZA a LA PIRATERÍA en GENERAL, QUE se CONSIDERA NORMAL, YA QUE están CONMIGO TODO EL país, Y QUE NO se VA a APLICAR LA LEY QUE HAY, NI de tres médicos y una psicóloga, una CANETAÇO, a través del método de análisis de LA VIOLACIÓN EXPLÍCITA de LOS DERECHOS HUMANOS, EN el INFORME PERICIAL OFICIAL, que DESTRUYE LA VIDA DE UNA persona, HONESTA, SEÑOR de VIZCAYA. ESTA BRUTAL la MALA FE PÚBLICA, que tiene un PRINCIPIO, tiene un ORIGEN, y que estos médicos y una psicóloga, POR muy INCOMPETENTE QUE fuera así, no habría HECHO el ESFUERZO SOBRE-HUMANO para LOGRAR EL OBJETIVO DE la destrucción de LA VIDA DEL SEÑOR PEREIRA, CON ESTE INFORME FALSO en caso de no haber obtenido los BENEFICIOS de SUS SUPERIORES, los cuales se ENCARGARON de ESTE INFORME, por lo que vamos a ANALIZAR a QUIÉN se le ENCARGÓ EL INFORME, Y PARA DEMOSTRAR QUE ESTE INFORME FUE SOLICITADO POR EL FISCAL, QUE TENÍA UN INTERÉS PERSONAL EN LA DESTRUCCIÓN DE LA VIDA DEL SEÑOR PEREIRA, TESTIGO DE LA MUNICIPALIDAD DE PORTO ALEGRE, CEDECONDH 14/12/2004. la segunda llave. Esto nos remite al CONTEXTO en el inicio, cuando El Presidente de la COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS de la Municipalidad de Porto Alegre, el honorable concejal en el ayuntamiento Cassiá Carpes, se explica por la que es testimonio de la municipalidad de Porto Alegre, brasil, del Señor santiago de compostela, que cuando el RECTOR de la FEDERAL SE NIEGA a PROPORCIONAR la información, por favor, es que ya está PREVARICANDO; cuando el MINISTERIO PÚBLICO FEDERAL, lo QUE DEBERÍA FISCALIZÁ de ELLOS, que SE NIEGA A HACER ESTE CONTROL, Y SI se NIEGA a PROPORCIONAR LA información, por favor, es que ya se están PREVARICANDO, y cuando esto sucede, y sucede, QUE HACEN que las REPRESALIAS en CONTRA de un TESTIGO DE la MUNICIPALIDAD, y que, como usted, Señor Pereira, es el testimonio de la municipalidad, lo cierto es que se van a COMETER MÁS VIOLACIONES a LOS DERECHOS HUMANOS, EN su AFÁN DE SEGUIR PREVARICANDO, un aviso de que se ha dado al Señor Pereira, en el CEDECONDH, DE 14 DE DICIEMBRE de 2004, por la La Segunda Pauta por Políticos horados Ervino Besson, María Celeste y Cassiá Carpes, se presenta de la manera más BRUTAL, en el año 2008, en la que dos organismos públicos, como la UNIVERSIDAD DEL estado de RÍO GRANDE DEL SUR ( el Arte 289/08 ) y el ministerio DE la EXPERIENCIA de MÉDICOS de la provincia DE RIO GRANDE DO SUL, decidem9 - CIDHPETIÇÃO - CIDH - 0000048589ROUBAR en el cargo público, obtenida por el SenhorPereira, después de haber sido APROBADO EL CONCURSO PÚBLICO, en EL que el SEÑOR PEREIRA, QUE, después de haber SIDO APROBADO EN el CONCURSO PÚBLICO del estado, lo que ERA, y AHORA, ya en el año 2008, El FUNCIONARIO DEL ESTADO DE RIO GRANDE do SUL, ver la carrera en la fotografía ."jpg", que sigue https://livroaserpublicado. ); en el DOCUMENTO PÚBLICO y OFICIAL de los DOS TRABAJADORES DEL estado, AFIRMAN QUE EL SEÑOR PEREIRA, DEBE SER BREVE, DESPOSEÍDO DE SU DERECHO a TRABAJAR y a una VIOLACIÓN DEL ARTÍCULO: a ) por qué SERÍA, SEGÚN LAS PALABRAS TEXTUALES DEL poderoso JEFE DE ESTADO brasileño DE RÍO GRANDE DEL SUR, EL DR. FREGAPANI, se HUBIERA PRESENTADO a UN PROCESO en el que EL HONORABLE JUEZ ESTATAL que le dio GANANCIA DE CAUSA AL SEÑOR PEREIRA, a la QUE SE DEBE TOMAR con EL CARPO AUDIENCIA a LA QUE TENÍA DERECHO, PERO en ESTE JUICIO, ESTA OPINIÓN NO es ERADO de INTERÉS PERSONAL , de la NO ERA DE SU AGRADO EL DR. FREGAPANI, QUE TENÍA MOTIVOS PARA HACERLO, EL SEÑOR PEREIRA SER CONSIDERADO COMO UN ENFERMO MENTAL, YA QUE LA IDEA DE QUE EL SEÑOR PEREIRA, QUE ERA UN ESTUDIOSO, DEDICADO Y TRABAJADOR, Y QUE, DE UNA VIDA DIGNA, PARA QUE EL SEÑOR PARDO NO SE COADUNARIA EL PLANO POLÍTICO, ARQUITECTURA, POR LOS SUPERIORES DE LA FREGAPANI, EL JUEZ Y EL FISCAL DEL DISTRITO, LOS CUALES TENÍAN UN MÉDICO, TODA LA QUE SE HA SOMETIDO EXPEDISSE UN INFORME NEGATIVO, EN CONTRA DEL SEÑOR SANTIAGO DE COMPOSTELA, ASÍ, EL INTERÉS por parte de LAS PSICOLOGAS en EL ESTADO DE RIO GRANDE do SUL, son expertos en LA ELIMINACIÓN de las PERSONAS AUTORIZADAS PARA DAR ENTRADA A las PERSONAS CON las NOTAS más PEQUEÑOS, PERO los QUE PAGAN EL precio del curso, PARA EL INGRESO EN la función PÚBLICA, Y de lo QUE NO quiere decir que SEAN INVESTIGADAS POR la PRIMERA COMISARÍA DE la POLICÍA CIVIL, en LA CUAL se SOSPECHABA QUE ESTABAN FRAUDANDO UN CONCURSO PÚBLICO, que SE ha SUMADO AL INTERÉS por EL JUEZ Y DEL Fiscal general de LA REPÚBLICA, en un proceso que el anterior, así que, de común acuerdo, deciden por la PROHIBICIÓN del Señor Pereira, a fin de salvaguardar los intereses del Juez y del Fiscal en el caso de las máquinas reprográficas y una de las Psicólogas y los del Dr. Fregapani en fraudarem los concursos públicos que no sean objeto de investigación, y para que el interés común de triunfasse, Señor Pereira, que debería ser Vetado como un loco en el manicomio. Observemos que en el Estudio de Presidio sin que en ningún momento se hace referencia a las psicologas y el médico Fregapani, debido a que los documentos de un médico y psicológico es falso expedido por el Fregapani y las psicólogas y rechazado por el honorable juez estatal en el proceso que no contribuyen con la tesis de que el Señor Pereira, que debería ser vetado MACOMUNADOS el fin de ROBAR EL DERECHO DE UN TERCERO, el FUNCIONARIO PÚBLICO, QUE ES EL SEÑOR de PEREIRA, para el TRABAJO, ¿CUÁL ES LA MOTIVACIÓN de ESTAS DOS PERSONAS, ¿CUÁL es EL INTERÉS PERSONAL, QUE no hace falta prohibir el antonio de pereira? El INTERÉS PERSONAL ES la de QUE no se hubiera abierto una investigación y que no se vayan a prestar declaración, y para que esto ocurra, los médicos, los psicólogos y las psicólogas ,el fiscal y el juez tiene que ELIMINAR A los TESTIGOS de LOS DERECHOS HUMANOS, descartando las que, oficialmente, como un LOCO, Y que SI EL SEÑOR santiago de compostela, QUE ES el de UNA PERSONA SANA Y que FUE APROBADO EN el CONCURSO PÚBLICO del estado, para ASUMIR EL CARGO, de ESA DIGNIDAD, de ESE FONDO, que NO se AJUSTA a LA PETICIÓN DEL RECTOR de LA UNIVERSIDAD FEDERAL DE RIO GRANDE DO SUL, EL SEÑOR PEREIRA, SE ELIMINA PERMANENTEMENTE DE LA SOCIEDAD DE LA INJUSTA EXPULSIÓN DE LA UNIVERSIDAD FEDERAL DE RÍO GRANDE DEL SUR, BRASIL, QUE HA SIDO COORDINADA CON LA PRECISIÓN DE LAS MATEMÁTICAS POR LOS SOCIOS DE LAS MÁQUINAS REPROGRÁFICAS DE MARCELO NARDI Y JOSÉ CARLOS RAMÍREZ HENNEMANN NO PUEDEN SER CUESTIONADAS, Y QUE LA MALA CONDUCTA CONTINUAR. ASÍ, LA COORDINACIÓN DE LA UNIVERSIDAD DEL ESTADO DE RÍO GRANDE DEL SUR, BRASIL Y FREGAPANI ,DE COMÚN ACUERDO, O EN UN DOCUMENTO PÚBLICO Y OFICIAL .ESTATAL, QUE DEJAN EN CLARO QUE LA RAZÓN POR LA QUE EL SEÑOR PEREIRA SER SUMAMENTE DESPOJADO DE SU DERECHO A TRABAJAR, EN UNA DECISIÓN DE FORMA UNILATERAL, Y QUE EL PERSONAL DE ESTOS DOS FUNCIONARIOS ESTATALES, EL PROCESO DE 001/1.08.0225791-0 , de fecha 21/08/2008, por la 4a de la jurisdicción de la Hacienda Pública de la Jurisdicción Central de proceso, a favor del Señor santiago de compostela, y en caso de que ESTÉ BLOQUEADO Y de que LA JUSTICIA OBLITERADA, EL FREGAPANI el menor indicio de UN FALSO médico forense DE la ENFERMEDAD MENTAL, AL MISMO tiempo OTORGADO, por lo que EL HACE, los que PLANEAN Y el ARQUITETAM ROBAR EL SEÑOR PEREIRA, DE SU DERECHO a TRABAJAR COMO FUNCIONARIO en EL ESTADO DE RIO GRANDE do SUL CONCURSADO PARA CUMPLIR con LA TASA DE la fed DE QUE EL SEÑOR PEREIRA, DEBE SER SISTEMÁTICAMENTE BORRADO DE SUS DERECHOS, PUES ESO IMPLICARÍA DEJAR DE MENCIONAR LA CAUSA REAL DE LO QUE ESTA EN EL MEDIO DE TODO EL ATAQUE EN CONTRA DEL SEÑOR ANTONIO DE SANTIAGO DE COMPOSTELA, QUE ES AL MALO DE LA PELÍCULA EL JUEZ FEDERAL MARCELO NARDI, EL FREGAPANI QUE NO SE PUEDE DE FORMA EXPLÍCITA EN UN DOCUMENTO PÚBLICO, OFICIAL Y HACER LA MENCIÓN DE QUE SE ESTÁ PERJUDICANDO AL SEÑOR PEREIRA, DE LA ORDEN DE UN JUEZ FEDERAL, MARCELO NARDI Y SOCIO DE JOSÉ CARLOS RAMÍREZ HENNEMANN, EN DONDE EL JUEZ ESTATAL, HONESTO, DICE QUE NO SE PUEDE ELIMINAR A UN FUNCIONARIO PÚBLICO CONCURSADO EN EL MARCO DE QUE EL CORRUPTO Y EL MÉDICO DE LA DEMEST MALA, Y EN LA VERACIDAD DE ESTOS HECHOS, SE PUEDE VER LA PRIMERA COMISARÍA DE LA POLICÍA LOCAL, A LA QUE CONSIDERA INMORAL, ANTI-ÉTICO E INDECENTE QUE UN FUNCIONARIO PÚBLICO, MÉDICO DEL MÁS ALTO NIVEL, QUE El JEFE DE TODOS LOS MÉDICOS en el ESTADO DE RÍO GRANDE DEL SUR, el USO DE la TRANSPARENCIA PARA hacer daño a UN CIUDADANO, APROBADO por EL procedimiento de CONCURSO PÚBLICO, a través de LOS CRITERIOS DE APROBACIÓN DE la convocatoria PÚBLICA NO PUEDEN SER MODIFICADOS POR los INTERESES DE los CORRUPTOS de un JUEZ FEDERAL MARCELO NARDI Y el PODER RECTOR de HENNEMANN, el Fregapani era sincero en su relación con el Arte de 71. normativa promulgada por el CONGRESO NACIONAL de LA investigación la conducta social y moral, y en la vida temprana del solicitante, se llevará a cabo por el banco o por el organismo promotor de la licitación pública, y tiene como objetivo el análisis de las descripciones de la conducta y de antecedentes personales para ser utilizados como parte de la formación de un juicio sobre la idoneidad del candidato para el puesto, el Fregapani, habría que hacer referencia al proceso por el correcto _________________ y en el origen del proceso y, que el ESTUDIANTE SINCERO de LA UNIVERSIDAD, TRABAJANDO en conjunto CON LA COMISIÓN DE DERECHOS DE la MUNICIPALIDAD DE PORTO ALEGRE, en la fijación de LA mala conducta PERPETRADA POR el CORRUPTO JUEZ FEDERAL MARCELO DE NARDI, EN COLABORACIÓN CON EL CORRUPTO y el RECTOR de HENNEMANN, y que esa FORMACIÓN DE un JUICIO BASADO EN el HEROÍSMO de LOS CONCEJALES DE la MUNICIPALIDAD DE PORTO ALEGRE, EN DEFENSA de LA LEY, que es lo que debería haber sido utilizado por el FREGAPANI, si era sincero, para dar MÉRITO a QUE EL SEÑOR ANTONIO de santiago de compostela, el FUNCIONARIO ESTATAL CONCURSADO, asumiendo seu10 - CIDHPETIÇÃO - CIDH - 0000048589cargo; el FREGAPANI, teniendo por promover la FORMACIÓN DE un JUICIO, y ha actuado por todo el cuerpo EXAMINADOR, es PARCIAL, y se encubrió, y deliberadamente se OMITE por completo la falta de juicio, y en el proceso de CEDECONDH, DE 14 DE DICIEMBRE DE 2004, como parte de la vida del Señor santiago de compostela, que es la Víctima de la Violación de los Derechos humanos, que desde el año 2004, por lo que si el Doctor Fregapani era sincero, tendría que posicionarse a favor de la víctima de la violacão de los derechos humanos de los que el Señor Pereira, después de haber sido durante mucho tiempo perjudicado no tenga el merecido éxito, en lugar de querer vengarse de el Señor de Pereira, por su condición de Ciudadano, el Mestizo es testigo de la Comisión nacional de derechos humanos, y que, una vez más, a todos los médicos y psicólogos que han perjudicado al Señor Pereira, que son de Color Al 100% Blanca, y esto , para que el Señor Pereira, que se trata de un Mestizo, llama un poco la atención no se que también hay Racismo en su contra por el Señor Pereira? A Todos los que hicieron daño al Señor Pereira, el 100% de los Blancos, que no ha habido ni siquiera un Juez, un Fiscal, a Un médico o a un psicologo, de la raza negra, india y mestiza, y a todos los hombres y mujeres responsables que se tienen en cuenta, por tratarse de funcionarios Federales o Estatales, por encima de la DE la COMISIÓN DE los DERECHOS HUMANOS, MUNICIPALES, así como de que la autoridad municipal, por ser el ayuntamiento deja de SER MENOS HOMBRE, y MENOS a la MUJER, o a tener menos valor, es decir, no se le dio el crédito a los BURGUESES._____________________ , una comisión de la que legalmente investida para la defensa de los derechos humanos, haciendo caso omiso a los hombres y a las mujeres inferires que valen menos, es lo menos que humanos, ya que son los AYUNTAMIENTOS: "ESTO ES UNA VERGÜENZA! Quiere decir, entonces, que, desde el punto de vista médico, Fregapani, un ladrón, un estafador,un vagabundo que se pueda uno compra un cargo de elección federal, que deja de ser un pícaro, pícaro o un ladrón, ya que al hacerse cargo de un funcionario federal que tienen inmunidad, y se hace más hombre o más mujer? Veamos hasta qué punto llega la DEMENCIA, el funcionario Estatal y el jefe de todos los médicos en el estado de río grande del sur, el Dr. Fregapani el incumplimiento total, en el ARTÍCULO _______ el que ha dicho que " todos los hombres son iguales ante la ley, a fin de ser federal, no significa ser el mejor y más honesto que el de la municipalidad .Pero Fregapani que no para de ahí, de ese falso médico que se debe hacer es que el CRM, casado, aunque constituía una violación del ARTÍCULO 48, ya que se emite un dictamen de un médico, que será firmada por los tres primeros, pero solo un médico que examinó al señor santiago de compostela, que está en perfecto estado de salud, ya que en los tres médicos que firman al final de los que no tienen salud, ninguna? ¿Cómo es que los otros dos médicos que firman el documento, si ni siquiera han visto el Señor de santiago de compostela, que la experiencia de esa manera? CIVIL, A INSTANCIAS DE LA POLICÍA:EL CONTEXTO DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE PORTO ALEGRE, BRASIL, QUE SE COMPONE DE TRES LEGISLADORES, FUNCIONARIOS PÚBLICOS Y MUNICIPALES, ASÍ COMO LOS EDILES: SE DECLARA, QUE EL MINISTERIO PÚBLICO FEDERAL DE LA PREVARICOU, ACOBERTOU OPERACIÓN DE LOS PIRATAS, EN LOS QUE EL MINISTERIO PÚBLICO, DELIBERADAMENTE, CONSTITUYE UNA VIOLACIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS, EL MUNICIPIO PASA EN EL CASO DE QUE UNO DE LOS PELDAÑOS MÁS ARRIBA, A LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL PODER DEL ESTADO, LA COMISIÓN SEÑALA QUE, CUANDO UN RECTOR, QUE SE NIEGA A COMPARECER ANTE LOS TRIBUNALES Y ESNOBA DE LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS, ES DEBIDO A QUE EL CARGO DE RECTOR, QUE SE ENCUENTRA DIRECTAMENTE INVOLUCRADO EN LA VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS, EN ESTE RECTOR ES MUY CRUEL, JOSÉ CARLOS RAMÍREZ HENNEMANN. LA COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS DEL ESTADO DE RIO GRANDE DO SUL, EL DIPUTADO DIONÍLSON MARCON, A LA RECEPCIÓN DE UN PROCESO EN EL QUE LOS SUPERIORES ESTÁN EN LA PRÁCTICA DE LA MALA CONDUCTA, NO SE PUEDE HACER MUCHO POR LA COMISIÓN ESTATAL, SE PASA AL PROCESO, PARA QUE EL MINISTERIO PÚBLICO FEDERAL, EN LA PERSONA DE PROBADA CORRUPTO PROCURADOR DE LA REPÚBLICA, RODRIGO VALDEZ GARCÍA, EL MISMO ÓRGANO EN EL QUE SE HABÍA ESNOBADO EN EL MUNICIPIO, INDICANDO QUE PUEDE SUPONER UNA VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Y DE PREVARICAR, YA QUE ESTÁ POR ENCIMA DE LA LEY, Se ASUME que EL PROCESO, Y que TIENE LA MISIÓN DE ELIMINAR A los TESTIGOS de LOS DERECHOS HUMANOS EN el MANICOMIO JUDICIAL, EN VIOLACIÓN AL ARTÍCULO 32, PÁRRAFO 1, por lo que se PUEDE ver EN la FOTO DEL DOCUMENTO https://1.bp.blogspot.com/ -), de 1. EN DONDE LA TUTELA DE LA VÍCTIMA, EL SEÑOR WELLINGTON, NUEVA ZELANDA, TRATA DESESPERADAMENTE DE QUE EL INSTITUTO DE PSIQUIATRÍA FORENSE DE MAURICIO CARDOZO PARA CORREGIR EL FALSO INFORME DE LOS CRIMINALMENTE SOLICITAR EL DELINCUENTE FISCAL DE LA REPÚBLICA, RODRIGO VALDEZ, DE OLIVA, DE LA MISMA MANERA, POR LA DOCUMENTACIÓN, INCLUIDOS LOS DE LA POLICÍA QUE ESTÁ REGISTRADO EN LA POLICÍA CIVIL, POR LO QUE LA PROHIBICIÓN ES UN GOLPE DE ESTADO PARA ACABAR CON LA JUSTICIA, POR EL CARIÑO QUE DESDE EL PRIMER DÍA EN QUE LA FAMILIA DE LA VÍCTIMA MOSTRABA LO QUE ERA NO MÁS QUE UNA INJUSTICIA, PERO EN LOS DOCUMENTOS OFICIALES FALSOS EXPEDIDOS POR EL CORRUPTO FISCAL DE LA PROVINCIA DE RIO GRANDE DO SUL, INGLACIR DORNELLES CLÓS DELAVEDOVA, El FISCAL QUE la SECUNDARIA DE RODRIGO VALDEZ garcía, A PETICIÓN DE los bandidos, se REGISTRA DE MALA FE PÚBLICA a LOS DOCUMENTOS en los QUE LA PROHIBICIÓN SERÍA, a PETICIÓN DE LA PROPIA FAMILIA de LA VÍCTIMA, PERO LA FAMILIA de LA VÍCTIMA, que ESTABA ORGULLOSO DE el SEÑOR de PEREIRA, de HABER SIDO RECIENTEMENTE APROBADO por EL procedimiento de CONCURSO PÚBLICO, COMO lo ES el QUE VIENE en EL INSTITUTO de PSIQUIATRÍA FORENSE de NEGAR incluso QUE ESTA LICITACIÓN se HAYA EXISTIDO alguna vez, para salirse con la suya en SU FREGAPANI A los Y LAS PSICÓLOGAS SAFADAS, QUE le robó el puesto de señor santiago de compostela, la familia de la víctima, esta diciendo que en el Pardo, es normal y está bien aude, ¿cómo se explica que la información escrita por parte de los expertos tratan de mentir reprensentá que con los colores de la falta, tomándoles en cuenta a la familia del Señor Pereira comentarios negativos acerca de que el Señor Pereira, la familia nunca se ha hecho, ya que en la familia se va a poner en el texto de la verdad de los hechos, cuando los EXPERTOS ESTÁN DECIDIDOS A no MENTIR, A ENGAÑAR, EL INFORME de forma explícita mediante la modificación del testimonio de la propia familia de la víctima, para que de forma explícita para engañar a la persona que desavisada lo que se lee en el informe, y no se sabe de que se trata de una estafa? . El en-SÍ ADMINISTRACION MELGAREJO MURCIA, EN el AFÁN DE CUMPLIR CON LA ORDEN de LOS ABOGADOS y de los jueces deshonestos, de los QUE EL CIUDADANO FUERA ELIMINADO de la MUDA y EL TESTIMONIO de LA FAMILIA de LA VÍCTIMA, DE una MANERA TAN VERGONZOSA, UN FRAUDE que es TAN CLARO, QUE LA FAMILIA de LA VÍCTIMA, QUE TIENE QUE IR a HABLAR CON el director DE LA IPFMC A DECIR QUE en EL INFORME SE trata de UN engaño, DE un EXTREMO A otro, sin embargo, EL IPFMC SE NIEGA A EMITIR UN INFORME FAVORABLE A la VÍCTIMA, YA que NO creo QUE los DEFENSORES de LOS FUNCIONARIOS FEDERALES, SE CONFRONTASSEM LA CAUSA ante UN TRIBUNAL JUSTO, ASÍ QUE, PARA ACABAR CON LA JUSTICIA, POR LO QUE TENÍAN QUE GUARDAR EL INFORME DE LA PROHIBICIÓN EN CONTRA DE LA VOLUNTAD DE LA FAMILIA DE LA VÍCTIMA, Y AUNQUE LA MENTIRA DE FORMA EXPLÍCITA EN EL INFORME DE LA FAMILIA, QUE ERA FAVORABLE A LA OPINIÓN DE ENCONTRAR, ESTA VIOLACIÓN DEL ARTÍCULO 32, PARADEAR 1, SE EXPLICAN POR QUÉ LOS ABOGADOS SABÍAN QUE IBA A SER LA TUTORA DE LA VÍCTIMA ES UNA PERSONA MAYOR Y UNA PAUPÉRRIMA, LO QUE NO ESTÁ EN CONDICIONES DE CONSEGUIR11 - CIDHPETIÇÃO - CIDH - 0000048589UM ABOGADO, LO INTENTÓ, PERO LE FUE NEGADO POR UN NOTARIO PÚBLICO, PARA QUE A LA VÍCTIMA LA HUBIERA APOYADO, ENTRE OTRAS, DE LA POLICÍA LOCAL, LOS AGENTES QUE PONEN EN LA PARTE DE MAYA PARA QUE NO TIENEN LA OBLIGACIÓN DE INICIAR UNA INVESTIGACIÓN DE OFICIO, CUANDO EL OBJETIVO DE LOGRAR LA MAYOR, ERA LA APERTURA DE UNA INVESTIGACIÓN POLICIAL EN LA QUE SE PUEDE OBTENER EL ACCESO A LA JUSTICIA. EN RESUMEN, EL ARTÍCULO 32 , PARADEAR DE 1 FUERA POR CUMPLIR LA VOLUNTAD DE LA ANCIANA NO ERA RESPETADA, SEÑOR PEREIRA, TENDRÍA QUE ENFRENTARSE A LOS RESPONSABLES ANTE UN TRIBUNAL JUSTO, A PESAR DE SER SUMAMENTE REGRESA, VE QUE CUANDO LOS DELINCUENTES QUE VIOLAN EL DERECHO HUMANO DE UNA PERSONA, Y NO SE PREOCUPAN DE LA VIOLACIÓN DEL DERECHO HUMANO A LA DE LAS DEMÁS PERSONAS, Y SE VAN A LA ACUMULACIÓN DE LLEGAR A LA FAMILIA DE LA VÍCTIMA, EN SU AFÁN DE ASEGURARSE DE QUE SUS INTERESES PREVALEZCAN. LO QUE LE PASÓ A LA FAMILIA DE LA VÍCTIMA, QUE NO TENÍA QUE CORRER DE NOCHE Y DE DÍA, PARA DEMOSTRAR QUE INCLUSO LAS AFIRMACIONES PLANTEADAS EN EL DOCUMENTO PÚBLICO, OFICIAL DE LA IPFMC ERA FALSA? EL SEÑOR PEREIRA, TENDRÍA, COMO MUCHOS OTROS, SE HAN SUPRIMIDO EN EL HOSPITAL PSIQUIÁTRICO JUDICIAL, CON EL MÉTODO DE LAS INYECCIONES Y LAS PASTILLAS PSIQUIÁTRICAS FORZADAS, A FIN DE CAUSAR LESIONES A LA VÍCTIMA, Y LOS IMPACTOS SIN IGUAL, QUE SE LLEVAN A LA VÍCTIMA A SU COLAPSO. En todo el mundo, DE la HONESTIDAD, EN MEDIO de TODA ESTA CORRUPCIÓN DE los JUECES Y de los FISCALES es COBARDE, ES que LA SUSEPE, con LA SUPERVISIÓN DE los ASUNTOS DE personal del centro, EL CUAL al darse cuenta de QUE LA POLICÍA local NO estaba en CONDICIONES de INVESTIGACIÓN, FRENTE A los ABUSOS DE la AUTORIDAD y de LOS FUNCIONARIOS del gobierno FEDERAL, de LA SUSEPE que ELLA estaba EN la UNIVERSIDAD FEDERAL DE RÍO GRANDE DEL SUR, brasil, Y se ENTREVISTÓ con LA NUEVA PROFESORA LUISA ELENA MALTA en el MOLL de LA víctima, se pide el día y la noche, agentes de la policía agarrarlo de la máquina de reprografía, que es la causa de la EXTORSIÓN, pero en vez de ir a la UNIVERSIDAD a delimitar mejor la máquina de reprografía, los agentes de la policía envía a la puerta de la víctima, para aprender ( https://livroaserpublicado. ). los efectos personales de la víctima, y varias unidades de disco duro de la computadora, memoria usb, un cargador de batería con la que los agentes de la policía federal que recogen el argumento de que sería utilizado como un arma de fuego por parte de la víctima para defenderse de la negligencia de la policía, indica que la víctima privada de su derecho de estudiar, tienen que estar conectando el día y la noche, en la cámara de diputados, para solicitar una audiencia pública, con la orientación dada por el comité de los DERECHOS DEL CONSUMIDOR Y DERECHOS HUMANOS DE la MUNICIPALIDAD de PORTO ALEGRE, brasil, que en el COMPROVAREM de LA VIOLACIÓN de LOS DERECHOS HUMANOS, envía el ASUNTO a LA ASAMBLEA LEGISLATIVA, ya que, a su vez, lo envía por FAX, a la CÁMARA DE DIPUTADOS, tal y como se puede ver en la evidencia en la siguiente foto https://livroaserpublicado. ), los DERECHOS HUMANOS, DESDE el MUNICIPIO aseguran que es un CASO DE DERECHOS HUMANOS, que NO se CIERRA NUNCA, la VÍCTIMA TENDRÁ TODA LA ATENCIÓN, y que en el EXPEDIENTE se enviará a la ASAMBLEA LEGISLATIVA, y esta, a su vez, se dice que el PROCESO SE ha HECHO en BRASILIA, y que, ahora, la VÍCTIMA DEBE SOLICITAR una AUDIENCIA EN brasil, como en la AUDIENCIA que no se sale, y con el tiempo, la víctima de la demanda, el ejército DEL SUR, y después de un montón de documentación, y todo lo que se explica, recibe de la dirección del lugar de la víctima, que habría que IR HASTA EL EDIFICIO de LA POLICÍA FEDERAL para DETENER a LOS POLICÍAS FEDERALES que estaban locos del golf, que lo que ESTABAN HACIENDO ERA la VAGUEACIÓN. Cuando los militares Brasileños, que pasan de la educación, yo me siento confiado de estar llamando de forma exhaustiva, en Brasilia, diciendo que si el público no salga, por lo que me han orientado en el cuartel, debe actuar en DEFENSA propia, luego de que los policías vienen a aprender de mis objetos de valor, cuando lo correcto hubiera sido el fin de evitar el sufrimiento innecesario de los seres humanos, simplemente, entendiendo que la máquina de fotocopias, y cerrando el Otro, ya que no se detuvieron en el Otro, en el momento adecuado, le dieron la oportunidad para que el estudiante se fuera expulsado por negarse a pagar la extorsión ( cargos criminales sin necesidad de registrarse en la policía y, una vez expulsado de la universidad, que no tiene la posibilidad de estudiar, tenía que estar gritando y pidiendo ayuda, durante años, sin ningún tipo de ayuda, antes de que los soldados le dijeron que, en estos casos, la víctima tiene que hacer en el pueblo, así que como ya tenía la autorización del EJÉRCITO, de la que la víctima lo hiciera, el abogado RODRIGO VALDEZ, DEL OLIVO, está orientado a obtener la LESIÓN CORPORAL de LA VÍCTIMA, para que la víctima olvida que ha tenido el derecho de estudiar el robo, y que la víctima fuese desechado en un hospital psiquiátrico judicial, luego de la lesión de su cuerpo, la aplicación de los remedios, obligados, sin el consentimiento de la víctima, en el que se ha iniciado, sin éxito, ya que los médicos de guardia se dieron cuenta de que se trataba de un GOLPE DE estado en el MATÓN del PROCURADOR de LA REPÚBLICA, RODRIGO VALDEZ, DE la OLIVA. En mi caso, que comienza con la violación del artículo, en primer lugar, que el Estado me discrimina por mi situación económica, y que me fue negada la asistencia jurídica gratuita en España, tal y como se puede ver en la negativa por parte de la asesoría jurídica. Las medidas de ayuda a los pobres que existen pero no se cumplen, por ejemplo, en la Universidad Federal de Río Grande del Sur, de donde soy, el Estudiante, en el Número que , dada mi condición de pobreza, y que la UNIVERSIDAD tiene el deber de que me den un puesto de trabajo, sino que los puestos de trabajo se reúnen con las personas que hacen uso de los servicios privados y personales, tanto dentro de la universidad, es decir, lo que son las familias las que tienen el dinero de la máquias navegadores web, es lo que determina lo que se va a recibir en el trabajo, y a quien no, así que el pobre no se va a comprar una copia de reprografía de los directores, que son los miembros de la familia, niegan el derecho de los pobres a la obra, aun cuando la ley de la universidad, se dice que el empleo debe ser la prioridad de los pobres, las plazas de parking se encuentran sólo a los ricos, que permite a los negocios privados y personales, tanto dentro de la universidad. Hay en la sistemática de la violación del Artículo 5. en donde el ESTUDIANTE de LA UNIVERSIDAD, están obligados a la violación de LA PROPIEDAD INMATERIAL, para que los beneficios de la reprografía alcanzar los objetivos del Instituto y de las Letras, el Rector y el resto de los miembros, el Juez y el abogado del estado, esta acción viciosa obligatoria, este método, que es inhumano y en contra de la enseñanza de violación de los derechos de los demás, para ganar a los beneficios, de esta DEGRADACIÓN continua en el ser humano se ve forzado a la humillante condición de que tenga que obligatoriamente a la violación de la ley y la conciencia, y que me llevó a la colocación de ESTA INFRACCIÓN, la COMISIÓN DE CIUDADANÍA y EL DERECHO DE los CONSUMIDORES Y de los DERECHOS HUMANOS de la municipalidad de la ciudad de Porto Alegre. AL TRATAR de BUSCAR EL ACCESO a LA JUSTICIA, Y se HA rechazado, y EL PROCURADOR de LA REPÚBLICA, RODRIGO VALDEZ, DE OLIVA y de los funcionarios Estatales, los abogados de los altos Mandos de la Procuraduría pública del Estado de Río Grande del Sur ( en la foto del documento: ) infringe el Artículo 7 de paradear 6, lo que impide la mano de sus socios y de la ELEVACIÓN de LA FRAUDULENTA E ILEGAL la prohibición. Inglacir ( comunicación de la foto ) la violación del Artículo 5. el derecho a la integridad personal 1. el Señor Pereira ameçado de las lesiones de medicina, si insistes en tener su derecho de ser escuchado en la corte justa, la de león. En mi caso, que se refiere a la IMPOSIBILIDAD DE LA ASISTENCIA ADVOCATÍCIA,los días 12 y CIDHPETIÇÃO - CIDH - 0000048589fato mediante el advogadoANDRIO PORTUGUEZ FLORES, libreta de direcciones sin conexión 31.913 número de cédula de identidad: 576583150-87 (andrio@uol.com.br), processo2005.71.50.030774-1 ( maser.zip.net/images/a1.jpg donde se encuentra el ABOGADO declara que en el interior del tribunal FEDERAL de LA CUARTA REGIÓN en la que el JUEZ competente es el de Marcelo, de Nardi, es un vagabundo, un hombre sin honor, ni escrúpulos, el abogado que afirma que ningún abogado puede trabajar en un tribunal, deshonesto y corrupto, como es el caso en la corte federal de la cuarta región, en donde los jueces federales que defienden sus propios intereses y los de sus homólogos estatales, y hacen que las represalias en contra de cualquier tipo de abogado que se atreva a defender los derechos humanos, que es la razón por la cual, hasta el día de hoy y los míos, los derechos de infringido las 24 horas al día, registro de.... Ningún abogado está de acuerdo en defender el meu2. en caso de que, la razón por la que estoy pidiendo que la COMISIÓN acepta el caso, a fin de que, por primera vez en su vida que puede tener un político, ya que este bien, me ha sido sistemáticamente negada, la prueba de la negativa por parte de la asistencia jurídica gratuita aquí: _____________. En mi caso, se refiere a "las ofensas a su honor o a su reputación" de los funcionarios públicos FEDERALES y ESTATALES que violan sistemáticamente los derechos humanos, en los cuales se utilizan en la ESTRATEGIA de tratar de forzar a la víctima a tener que exponerlos públicamente, y a partir de ese momento, los empleados federales, de la honra y la reputación de turistas se llaman a esta manifestación pública de lo que ellos mismos contribuyen a un aumento de los DELITOS, Y que se coordinan para la eliminación de la víctima de la violación de los derechos humanos, en el hospital psiquiátrico de justicia. Cuando se busca en el Presidio hospital psiquiátrico Judicial, en el sector bancario y financiero se ocupa de la víctima, que ha sido defraudada por allí, como a un ser inferior, ya que los reciben, en tono de amenaza, de que si la persona que se quiere exponer el fraude va a ser encarcelada de nuevo, incluso si la persona no ha sido encerrada en la compuerta del sector bancario y financiero, no se utiliza la placa de identificación, que se repite en que la víctima tenga que ver con el Hospital Psiquiátrico de al lado, en el Hospital Psiquiátrico de San Pedro de la en donde el sector bancario y financiero del Presidio y le dice que la causa debe continuar el tratamiento ambulatorio, lo que indica que los médicos que trabajan en los fraudes de seguridad, pueden incluso alterar el cálculo de medicina en el hospital psiquiátrico del Estado, con el fin de asegurarse de que la víctima, ya sea por error toma un enfermo mental, aun cuando la víctima, el Señor Pereira, nunca, en ningún momento ni siquiera entró en el dicho hospital, y que nunca se ha hecho un tratamiento ambulatorio, pero en el sector bancario y financiero del Presidio, para ejercer presión psicológica de la víctima, es de locos, utiliza los métodos de la presión psicológica a la que sólo se encuentran en los países gobernados por los nazis, en la época del prestigioso atención. En este presidio, donde todos los trabajadores son de color Blanco, y las llamadas de las familias, en las que no se ven a un negro, un indio o mestizo, el Señor Pereira, fue a buscar una copia del Informe, ha tenido que tenía en el dedo, y la responsable de los asuntos legales apontadopar de su cuerpo, Brasileño, el mestizo, ya que yo soy un descendiente de los negros y de los indios, que cuando se va a un lugar donde no todo es el 100% de los Blancos, y no se si es un cumplido, casi da la impresión de que no se encuentra en el interior del Brasil, esa es la impresión que medeixou en el Instituto de Psiquiatría Forense de Mauricio Cardozo, parece que la Alemania Nazi. La COMISIÓN nacional DE DERECHOS HUMANOS, invita a los FUNCIONARIOS FEDERALES Y ESTATALES a los que invocan el ARTÍCULO 11, párrafo II, es decir, de la COMISIÓN nacional DE DERECHOS HUMANOS, convocó a los funcionarios federales, para que de manera libre y espontánea voluntad, deporem. sin embargo, los funcionarios Federales y Estatales, debido a que están en violación de los derechos HUMANOS, por los que no se respetan ni a sí mismos, a los hombres y a las mujeres, sin honor ni dignidad, que se niegan a comparecer ante los tribunales y ESNOBAM de la COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS de la CIUDAD: aquí la lista completa de los funcionarios a que el artículo 11, apartado 2, de la convención . El objeto de la demanda es la causa que lidiar con los responsables ante la justicia JUSTA, que vengan a participar. El Hecho de que de inicio, FECHA que se perpetúa por la prensa estatal Brasileña, frente a un TESTIGO DE la VIOLACIÓN de LOS DERECHOS HUMANOS, ha tenido, como consecuencia de la violación del Artículo 3, el Estado se retiró de mí y el derecho de la sociedad a través de la PROHIBICIÓN. El artículo 7, apartado 4, que Toda persona detenida o retenida debe ser informada de las razones de su detención y notificada, sin demora, del cargo o cargos formulados contra ella, por lo que en el ESTADO PRESENTE de LAS ACUSACIONES de que EN el ORIGEN DEL PROCESO, ya que el ESTADO no cuenta con CARGOS de MÉDICOS Y de PSICÓLOGOS PORTUGUESES, cuando lo que debería de presentar los CARGOS en UNA CORTE. La infracción del artículo 7, de la paradear 5, en donde el JUEZ ha actuado como un VERDUGO, con el fin de que cassadas la causa de las libertades civiles ( la prohibición ), y con el fin de ACABAR con el proceso penal en contra de los FUNCIONARIOS FEDERALES en PORTUGUÉS. Toda persona tiene derecho al reconocimiento de su personalidad jurídica en el Artículo 13. La libertad de pensamiento y de expresión 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. DISTORSIONA EL TEXTO FUERA DE su CONTEXTO, en violación DEL ARTÍCULO 13 de PARADEAR 1, auxiliar contable entre las tropas. El DERECHO DE LLAMAR los corruptos, a los que abusan de su poder, y los que se niegan a hacer frente a la causa en un tribunal de justicia. En su artículo 10.El derecho a la indemnización a Toda persona tiene derecho a ser indemnizada conforme a la ley, en el caso de haber sido condenado por sentencia pasada en cosa juzgada, y por un error judicial. Inglacir Dornelles Clós Delavedova,el Artículo 11 de la paradear 2, cuando la presión y amenaza a la familia de la víctima. EXPLUSÃO de LA UNIVERSIDAD FEDERAL DE RÍO GRANDE DEL SUR, en el CARGO PÚBLICO, a través de la PROHIBICIÓN. COMO represalia por los CIUDADANOS de Pereira, haber sido testigo de un CASO EXPLÍCITO DE la VIOLACIÓN de LOS DERECHOS HUMANOS. En el Caso de que se lleva a cabo en la violación múltiple de las garantías de derechos humanos cometidas por los FUNCIONARIOS PÚBLICOS FEDERALES Y ESTATALES, para aquellos que los derechos esenciales del hombre se derivan de su CARGO PÚBLICO, por medio de la cual se niegan a toda la humanidad a un ser humano que no se haya dicho cargo público, relevando a las personas en la categoría de los animales, que no tiene derechos. El artículo 8 de la paradear 5.El proceso penal debe ser público, y que el Señor Pereira, que tiene el derecho de hacer público el FRAUDE de la corte, que la acusación de plagio ha sido creada para proteger los intereses personales del Juez Marcelo Nardi, el Fiscal Rodrigo Valdez, de la Oliva, y el Rector, José Carlos Ramírez Hennemann. Las violaciones han sido y deben ser analizadas a la luz del principio de IGUALDAD ANTE LA LEY, teniendo en cuenta que los funcionarios públicos que se niegan a los ciudadanos sus derechos a una PROHIBICIÓN OBLIGATORIA, sin derecho al reintegro de que El estado no tiene el derecho de PROHIBIR a una persona para ACABAR con los PROCESOS y eliminar los ciudadanos honestos . Con el argumento de que el Señor Pereira, es un ESQUIZOFRÉNICO, o que los enfermos mentales no tienen derecho a la justicia y a los ciudadanos que tienen que demostrar que no es el paciente, para conseguir sus derechos sean respetados y no sale.. Les pido a los que se consideren VIOLADOS y LA GARANTÍA DE la IMPARCIALIDAD, ya que el que impuso un bloqueo informativo a los ciudadanos de los compañeros DETENIDOS, o que los médicos y los psicólogos de los funcionarios del estado, de la mano de los defensores de cada uno de los que tiene un interés personal en que el ciudadano de la era excluido de la sociedad, para que puedan seguir ganando DINERO en VIOLACIÓN de LOS DERECHOS HUMANOS, a través de RESOLUCIÓN MOTIVADA, de la expulsión del ALUMNO, para que la máquina de reprografía cassada estuviera abierta a otro tipo de servicio, y por el delito de extorsão13 - CIDHPETIÇÃO - CIDH - 0000048589continuasse, y a los secretarios generales de los estudiantes, tenían un creciente temor de tratar de defender el patrimonio inmaterial, ya que al tratar de hacerlo, terminarían expulsados de las universidades,en la lista negra de ingreso a la función pública, ya que, como represalia, serían reprobados en todos los psicotécnicos. El ESTADO no se ha preocupado por la GARANTÍA de derechos DE PROPIEDAD INTELECTUAL, inmaterial, con el deseo de mantener en todas las universidades de todo el ESQUEMA correcto, así que elimina a todos los que querían que el MODELO más ADECUADO debido a que los funcionarios públicos están acostumbrados a la VIOLACIÓN de LA LEY, lo que no le da el derecho de obligar a la gente a que obligatoriamente tienen que seguir el modelo de la enseñanza errónea o se interditados como un loco. SOBRE EL DERECHO a que SE le NEGÓ EL DERECHO a SER OÍDO Y EL DERECHO a LA DEFENSA, y las oportunidades para que el estudiante pudiera hacer valer sus medios de defensa que se han utilizado para negar a los estudiantes de la misma y la defensa. Más allá de las irregularidades que se indican en los documentos de la, (____________ ) en las fechas en que se utilizó la PROHIBICIÓN de actuar como un medio para silenciar definitivamente la causa., lo que ha tenido que luchar en contra de los ABUSOS DE la AUTORIDAD y de la de TODA LA VIDA, sin tener ningún derecho a la defensa, a través de TODO EL PROCESO PREVISIBLE, ha sido ignorado, y de toda la normativa existente ha sido ignorada o burlada, para que los funcionarios federales que manifestasen su privilegio de poder, abuso de poder, que no sean puestos en tela de juicio, han violado sistemáticamente por el propio estatuto de la función pública, en el afán de obtener una COPIA sin PAGAR. Te pido que la comisión compruebe que las decisiones tomadas por la víctima, no tenía derecho a recurrir, el Estado ha violado, y no se dio ni siquiera la posibilidad de que se pudiera recurrir en contra de la noche a la mañana. Asimismo, la vulneración de la garantía de la protección de la corte . Les pido a los que los demandantes solicitan que el tribunal recomienda que el Estado reconociera el fraude médico militar de presidio por el Instituto de Psiquiatría Forense de Mauricio Cardozo, cuyo INFORME MÉDICO de FRAUDE se ha UTILIZADO PARA IMPONER EL terror, la MISERIA y la recomendación de las condiciones que permitan a cada persona gozar de sus derechos económicos, sociales y culturales, así como de sus derechos civiles y políticos, la discriminación económica, ya que en la universidad sólo se forma en la que se abonará el precio del curso a cargo de RECTOR. Las disposiciones de la legislación nacional en el Brasil, el Artículo 2. no funciona, de HECHO, DEMOSTRADO POR parte de la COMISIÓN DE DERECHOS HUMANOS, que dice no tener la fuerza en contra de los FUNCIONARIOS del gobierno FEDERAL, en los que se violan los derechos humanos y acabar con la justicia, sin tener que ser llamados a declarar como testigos, el Deber de adoptar disposiciones de derecho interno en cuanto a la tercera recomendación, relativa a la NO REPETICIÓN de lo que hacen las UNIVERSIDADES de OBSERVANCIA de LA PROPIEDAD INTELECTUAL e industrial , tanto EN la REGULACIÓN COMO en la práctica, se llevan a cabo por los jueces, que tienen el conocimiento del principio de que la PROPIEDAD MATERIAL E INMATERIAL de la CIBERNÉTICA y de la transparencia. Con la iniciativa de la propuesta de evitar que, en el AFÁN DE que LOS FUNCIONARIOS FEDERALES para CONTRATAR con EL PATRIMONIO PÚBLICO, PARA la mala conducta Y el ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO, no se alquilen las salas de máquinas reprográficas, que trabajan con direcciones falsas, y no mantener las máquinas en el monopolio absoluto de los materiales en las aulas de clase. Los directores no pueden usar el ABUSO DE la AUTORIDAD de expulsar al estudiante, por no querer violar el DERECHO A la PROPIEDAD MATERIAL de los autores y de los editores. La injusticia de ser explícita, decidió someter el caso a la CORTE INTERAMERICANA por la necesidad de hacer justicia .Informe para la COMISIÓN europea, con la esperanza de que esta presente a la Honorable Corte que la totalidad de los hechos y violaciones de derechos humanos declaradas en el caso particular de la víctima, el Señor Pereira, y, por extensión, el conjunto de los Firmantes de la Petición, de los que son víctimas de la TELEPATIASINTÉTICA, V2K, y EL SEXO, con la PETICIÓN de que los Editores, los Escritores, la Industria del Libro, son invitados a participar, para ver el daño, con el dinero robado, se devuelve como una medida a favor de las víctimas de las violaciones de los derechos humanos, y en el que se pueda tener por efecto impedir a la evolución del delito de Robo de los Bienes Inmateriales, en la dirección de la COPIA de MASER, o la implementación de los RFID'S de los diálogos, máquina de microscópicas de las funciones del cerebro y del cuerpo humanos, en el que las Universidades Perpetradoras quieren imponer, como a través de la copia, sin tener que pagar nada, el robo, el cual ha causado más de un dolor creciente en la población, en la que describe este fenómeno como el sexo-el, un efecto secundario de la acción de la primaria, que es la ACCIÓN DE COPIAR, SIN tener que PAGAR NI RECONOCER a quién se va a copiar. En este sentido, quisiera pedir a la comisión que pida a la Corte que concluya y declare la responsabilidad internacional del Estado por la violación de los derechos a las garantías procesales, el principio de la legalidad, de los derechos civiles y políticos y a la protección judicial, consagrados en los artículos 8.1, 8.2 b), c) y h), 9 y 23 de junio. 1 c) y 25.1 de la convención, en relación con las obligaciones, 1.1 y 2 del mismo instrumento, en perjuicio del señor Wellington Antonio Doninelli con traducción al español. Tanto trabajo, te pido que la comisión solicita a la Corte que declare que las medidas de reparación ordenadas en el Estado, los siguientes:1) 2) 3) la Reparación de las consecuencias de las violaciones de derechos humanos declaradas en el informe, incluyendo tanto el daño material, cuando a las 3. el daño inmaterial..4). Verificar que los manicômios de justicia, no se utilizan para acabar con las causas judiciales de nuevo. Es compatible con el principio de la... el ARTÍCULO XXX. La necesidad DE OBTENCIÓN DE JUSTICIA por la falta de medidas que puedan prevenir la evolución de la delincuencia en el robo de la propiedad intelectual, por el robo de la propiedad material de los titulares a que se le INFORME DE FONDO, lo RELATADO por la víctima, donde se han incluido en el nombre de más de 70 personas que sufren a causa similar a las violaciones a los descritos por la víctima en el presente caso. Te pido por la COMISIÓN DE las DEMANDANTES de que considere que en el caso de la muestra de las cuestiones de orden público interamericano, por la que se analizan, que afectan a todo el mundo, incluidos los de la Corte Europea de Derechos Humanos, invitados por el Señor Pereira, a los informes de los casos, el ciudadano Pablo, Fiora y de los Pueblos Vritschan de Europa, ya que sólo habrá una verdadera, la justicia y el respeto a los Derechos Humanos, cuando se acaba el Dinero, históricamente, se Recauda a través de la vulneración de los Libros de autores Británicos y Europeos de diferentes países, se calcula la indemnización millonaria destinada a los verdaderos dueños debido a que sólo la justicia histórica, se puede evitar que otros miles de millones de dólares en BIENES INMATERIALES, los TITULARES no se harán por medio de su robo, en el llamado " efecto del sexo-el, donde las personas que estén con su D. N. A, y en su cerebro, y de forma remota las funciones de su organismo biológico y ser copiados, se que la recurrente fue la visión de estar siendo seguido; y para los que no se los roben, de que el dinero se quede en las manos de los funcionarios Federales, Brasileños, Portugueses, o de la más baja especie, de los que se van, siempre que desee utilizar este robo, de este financiamiento para la TORTURA y la OPRESIÓN, a la comunidad de estudiantes, en las universidades, en donde los DIRECTORES se plantea como una POTESTAD que puede ir copiando todo el mundo, y por el pago a las que se ha copiado. En el presente caso permitirá a la Corte y a profundizar en su jurisprudencia sobre el principio de que LA PROPIEDAD MATERIAL O INTELECTUAL , a LA CRECIENTE EVOLUCIÓN en el caso de los BIENES INMATERIALES, de los TITULARES de la cual las Universidades deben aprender a conceptualizar y que tengan un valor económico que debe aprender a valorar, pese a que en la Ciudad de Sao Paulo, en el año 2019, en el caso de robo del PATRIMONIO de la IMATERIAL14 - CIDHPETIÇÃO - CIDH – 0000048589 CIBERNÉTICO POR el MÁSER llega a un monto de 120 mil MILLONES de dólares, en medio de un mundo que es cada vez más cibernético en el que los hombres, las mujeres y los RFID's, que son cada vez más anidados en tiempo real de los SATÉLITES EN el ESPACIO, a través de conexiones de tesla por encima de la velocidad de la luz, y controlar el trabajo del Profesor Dr. Konstantin Meyl ( DNA and Cell Resonancia and Scalarwave identificadores : https://www.meyl.eu/ -), y las implicaciones que tiene el medio financiero, con el que los Brasileños o a cualquiera de los ciudadanos que no son funcionarios públicos que se han eliminado de la sociedad. En el presente caso, se pone de manifiesto en la forma en que la VIOLACIÓN del derecho DE PROPIEDAD INMATERIAL, se traduce en la Exclusión social, la violación de las garantías en el proceso, y el principio de legalidad. Asimismo, en el caso de la Corte, la posibilidad de que se pronuncie sobre esta cuestión estructural en la ARGENTINA y en el mundo, no sólo en cuanto a su aplicación a los efectos de que en el caso concreto que se presenta, sinão lo que también indica las medidas de que no exista la posibilidad de una repetición de ese tipo de violaciones de derechos humanos TRASCIENDEN más allá de " LA VÍCTIMA en EL PRESENTE CASO, teniendo en cuenta que, en los hechos, la falta de acción del Estado en la regulación de la correspondiente materia de PROPIEDAD INMATERIAL, a la luz de las normas internacionales en el ámbito de la PROTECCIÓN de LA PROPIEDAD INTELECTUAL, en su Artículo 26. El desarrollo progresivo Los Estados Partes se comprometen a adoptar providencias, tanto en el ámbito interno como mediante la cooperación internacional, especialmente económica y técnica, para lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos y obligaciones que se derivan de las normas económicas, sociales y sobre educación, ciencia y cultura, contenidas en la Carta de la Organización de los Estados Americanos, reformada por el Protocolo de Buenos Aires, argentina, en la medida de los recursos disponibles, por vía legislativa u otros medios apropiados. La importancia del caso, en la PROTECCIÓN de LA PROPIEDAD INTELECTUAL o INMATERIAL, debido a que los MILES de millones DE dólares robados son utilizados para la financiación de la VIOLACIÓN de LOS DERECHOS HUMANOS, y velar por EL ABUSO DE la AUTORIDAD. En Estas cuestiones, ya que afectan de manera relevante al público interamericano, de conformidad con el artículo 35.1 f) del reglamento de la Corte Interamericana, los invito a que la prueba pericial que se puede especificar un método de compensar, históricamente, a los autores y a los editores por el estudio exhaustivo del PATRIMONIO MATERIAL ROBADO en el momento en que se produjo el robo. Antonio Pereira, Escritor español, autor de "el libro de la literatura, los BRASILEÑOS fueron ATACADOS POR un microondas, una NOVELA HISTÓRICA DE la MEDICINA", publicado por primera vez en la página web de la FUNDACIÓN OSWALDO CRUZ ( http://www.ensp.fiocruz.br/portal-ensp/_uploads/documentos - personal/documento pessoal_20143.en formato pdf ), que es el creador y crítico, de una nueva forma de expresión, EL derecho del DISCURSO LIBRE y de los discursos que aparecen en los teóricos de la literatura, es el más directo, indirecto e indirecto libre; se está a la espera por los teóricos de la literatura, de las cuales, en su tesis de doctorado, aunque defiende la existencia de esta nueva forma de literatura, de la que se deriva de un tipo de discurso que es descubierto en la Argentina, EL derecho del DISCURSO GRATIS, estudiante de la FACULTAD DE artes DE LA UNIVERSIDAD FEDERAL DE RÍO GRANDE DEL Sur, en la conclusión de la licenciatura en Letras, debido a que el DIRECTOR DE la institución, la edad de PEDRO BRIGGMANN que se había comprado TRES estudiantes de DOCTORADO, que estaba a la espera de comprar el sitio de DOCTORADO y de sus compañeros de clase en la UNIVERSIDAD, que se DOUTORAM ENTRE SÍ, pero se alejan y se eliminan los alumnos, de los humildes y los paupérrimos que no cuenta con el DINERO necesario PARA PAGAR LA EXTORSIÓN. Si los ciudadanos quieren ser útiles a todo lo que tienes que hacer es registrarte en la https://www.oas.org/ipsp/CreateAccount.aspx?Lang=EN y enviar un mensaje de correo electrónico en particular o del gobierno, para que en el CIDHEenuncias@ oas.org usando como título del mensaje la referencia P-1704-19, y en el cuerpo del e - mail en el que se declara a la que desea asistir a la audiencia como a la víctima u observadora contratante. Leer aquí: http://oas.org/es/cidh/docs/folleto/CIDHFolleto_eng.pdf Si se realiza una copia de seguridad de un número de caso de la P-1704-19 de julio, va a ser muy útil. Animamos a todos los seres humanos en honor a la Decente en las Américas y en todo el mundo a firmar la petición P-1704-19 a fin de garantizar el FUTURO de LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INMATERIAL, con su firma, significa mucho para nosotros. La FIRMA de sus ciudadanos, va a ayudar a evitar que el MÁSER COPIERS, se convierten, por la EVOLUCIÓN DE la DELINCUENCIA en EL ROBO de LA PROPIEDAD INTELECTUAL, UNA de las armas DE DESTRUCCIÓN EN MASA, que con el tiempo puede ser tan devastadora como la de la BOMBA ATÓMICA, la nueva amenaza en la que el máser es copia de las máquinas que se pueden copiar de las funciones humanas en el cerebro y en el cuerpo que está siendo tratada en tiempo real y a la demanda de P-1704 - 19 de julio, en una situación muy peligrosa, ha informado de que en los Centros ESTADOUNIDENSES para el Control y la Prevención de Enfermedades, el boleto de SD285150, En el INFORME, es la de una consulta de la CDC (CENTRO DE CONTROL de la ENFERMEDAD), pues sabemos que, de hecho, el MÁSER " MIND CONTROL es una epidemia que se está convirtiendo en el FORMATO de almacenamiento de un momento a otro. Las agencias que están infectadas y no lo saben como hacer frente a la enfermedad de un satélite espacial, por lo que te aconsejo que la ADICIÓN de UNA CAUSA prevista para nuestra RED CROSS, ha estado marcado por allí. Si usted compra un boleto de INGLÉS en línea, que se pueden ver aquí, para que yo pueda añadir a los señalados en los que se describe la enfermedad en el BROTE. https://www.change.org/u/redcross Tema: una nueva forma inteligente y parasitarias, y no de la humana, de la VIDA y de la INFECCIÓN: el CID W90.0XXA LA ALERTA DE INACTIVIDAD! (http://freedomfchs.lefora.com/topic/7761362/HOW-TO-SHIELD-ONESELF - entre otras-SINTÉTICO-TELEPATHY?page=1) De los CDC NCPHI ServiceCenter la Fecha de la Mailbot: 2013/5/6 Tema: el INGLÉS recibe Por e-mail, Precio AHRC SD285150 "aleivimapoia@gmail.com" El número de ticket de la HRCS Servicio de SD285150 ha recibido para su revisión. Muchas gracias, HRCS Servicio de centro de atención al cliente (770) 488-1725 INFORMAR a CAUSA DE NUESTRO BILLETE de SD285150, Y SOLICITA QUE SE AGREGA AOSNOSSOS: SD285150 CDI W90.0XXA no es de los ALIMENTOS, es un MACROORGANISMO; rodrigo díaz de vivar W90.0XXA que no se replica en el INTERIOR de LOS SERES HUMANOS, que se DUPLICA en LOS SERES HUMANOS, EL CUERPO Y EL CEREBRO, dentro de la INTERFEROMETRÍA de MASTER. El CID E9260 SE trata de UNA NUEVA FORMA DE VIDA PARÁSITA, ES UNA MANERA distinta a la HUMANA, INTELIGENTE y PARASITISMO. a abril 11 de 2024 no hay comentarios: Publicar un comentárioPara dejar un comentario, haga clic en el botón de abajo y el inicio de sesión con Google. Inicio de SESIÓN CON GOOGLE. Entrada más reciente Página principal Entrada antigua Suscribirse a: Enviar comentarios (Atom) el MINISTERIO PÚBLICO DEL ESTADO DE RÍO GRANDE DO SUL, el PROTOCOLO de 01304.002.156/2024 Si sufres Violación a los Neuro Derechos en Colombia, puede llamar al 195, petición 3415792023 https://1drv.ms/b/s!Aj_GUBAAiCpphUDJfWTrCXVCwI3P?y=huk69n Si no estás en Colombia, pero quieres ayudar se envía un correo electrónico a la ventan... Peticionamos el Consejo de Estado de la República de Cuba https://aleivimapoia.freeforums.net/thread/162/petici-112-169-i464-17832 / https://drive.google.com/file/d/1XeBWJRfZyiU-vy3matgW6Zv... el Día municipal del Respeto a los Neuro Derechos y el Combate a la Tortura en la Psicotrónica. https://drive.google.com/file/d/1g9ZBfY4XDotzxgWz_95wjdxmEVbIRB-a/view?usp=sharing / https://1drv.ms/b/s!Aj_GUBAAiCpphU4xcdNmS1QBM1Ul?y=juega... el Tema de forma Sencilla. La tecnología de Blogger.

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