terça-feira, 20 de fevereiro de 2024
Republica Argentina o cualquier otro país, reporte la violacion de los NEURO DERECHOS: transparencia@senado.gob.ar
Si eres víctima de la violación de los NEURO DERECHOS en la Republica Argentina o cualquier otro país del mundo https://jusbairesabierto.gob.ar/wp-content/uploads/wp_dndcf7_uploads/wpcf7-files/04-Derecho-de-Peticion_Argentina-1-50-2.pdf todos los idiomas aceptados, envía tu denuncia a transparencia@senado.gob.ar ; USE como título del mensaje: BUENOS AIRES PROTOCOLO Número PP:PP-02-00-023096-23/00, DEPARTAMENTO JUDICIAL BAHIA BLANCA,, por favor agregue mi informe. DESPUÉS DE INGRESAR EL TÍTULO DEL CORREO ELECTRÓNICO MENCIONADO ANTERIORMENTE, USE EL CUERPO DEL CORREO ELECTRÓNICO PARA INFORMAR CON TODO DETALLE LA TORTURA QUE SUFRE. NO TE DEJES AMORDAZAR, NO PERMITAS QUE EL ARMA DE DESTRUCCIÓN MASIVA LÁSER, MÁSER, INFRASONIDO SEA UTILIZADA CONTRA LA POBLACIÓN. https://jusbairesabierto.gob.ar/wp-content/uploads/wp_dndcf7_uploads/wpcf7-files/04-Derecho-de-Peticion_Argentina-1-50-2.pdf Me gustaría saber si Argentina tiene alguna ley que proteja a los ciudadanos y ciudadanas de la contaminación causada por armas láser, maser y el resultante infrasonido, una respuesta adecuada a esta solicitud de Transparencia necesita que esa pregunta sea respondida en su contexto que es el proyecto de ley qie estamos presentando, al Director Nacional de Operaciones de Proteccion Civil de la Nacion.Esteban Chalá dek Ministerio de Seguridad de la República Argentina.al Presidente de la cámara de Diputados, Martín Menem y presidenta del Senado Victoria Eugenia Villarruel y el Presidente de la República Argentina, Javier Milei.
---------- Forwarded message ---------
De: WordPress
Date: terça, 20/02/2024 à(s) 16:29
Subject: Pedido de Acceso a la Información #[Solicitud_ID]
To: jusbairesabierto@jusbaires.gob.ar
Cc: aannttoniopereira@gmail.com
Nombre: Wellington Antonio
Apellido: Doninelli Pereira
Email: aannttoniopereira@gmail.com
Telefono: 5551998567336
Direccion: Rua. Cap. Pedro Werlang 1041. CEP: 91530110. Porto Alegre. Rio Grande do Sul. Brasil
Solicitud ID: [Solicitud_ID]
Archivo: https://jusbairesabierto.gob.ar/wp-content/uploads/wp_dndcf7_uploads/wpcf7-files/04-Derecho-de-Peticion_Argentina-1-50-2.pdf
Mensaje:
https://www.amazon.com/gp/product/B0CV6TWB2R Me gustaría saber si Argentina tiene alguna ley que proteja a los ciudadanos y ciudadanas de la contaminación causada por armas láser, maser y el resultante infrasonido, una respuesta adecuada a esta solicitud de Transparencia necesita que esa pregunta sea respondida en su contexto que es el proyecto de ley qie estamos presentando, al Director Nacional de Operaciones de Proteccion Civil de la Nacion.Esteban Chalá del Ministerio de Seguridad de la República Argentina.al Presidente de la cámara de Diputados, Martín Menem y presidenta del Senado Victoria Eugenia Villarruel y el Presidente de la República Argentina, Javier Milei. DEL RIESGO Y LA PROTECCIÓN CIVIL. Ley 27287,Artículo 6, numeral D, a través de los Comités de
Seguridad Ciudadana, pueda reconocer la presencia
de un Fenómeno Tecnologicol Perturbador, este acto
depende de una legislación que reconozca este
fenómeno y de la voluntad de la Protección Civil en
listar a las víctimas, Yo, MARCELA ALEJANDRA
MARCHANT, DNI 22.601.707, corroborando el trabajo
iniciado por la Sra.Elvira Nieves Silva Holgado
DNI:10323041 y DIEGO FERNANDO SUYCO PIZARRO, DNI
76391921-3 ,
( https://reclamos.servicios.gob.pe/reclamos/12vcjqo
52 ), declaro que soy víctima deeste desastre
tecnológico, junto con los testigos de David Salinas
Flores, Faculdade de Medicina, Universidad Nacional
Mayor de San Marcos, Peru, Tel +511996371790,
Emaildsalinas2009@yahoo.com y muchas otras
personas mencionadas en este proyecto de ley,
https://medcraveonline.com/IPMRJ/IPMRJ-03-
00115.pdf , con el deber de enumerar las víctimas
de la catástrofe tecnológica provocada por las armas
de energía coherente, lo hacemos proponiendo una
INICIATIVA POPULAR o decreto que debe ser
inmediatamente discutida, mejorada y votada, ya
que es un falla de la seguridad urbana. La bomba
bioeléctrica, que en suspruebas iniciales provoca
v2k y telepatía sintética, puede exterminar a todos
los seres humanosde una ciudad entera, sin destruir
los edificios, siendo por tanto peor que una bomba
atómica otermonuclear, por lo que nueva legislación
que frena esta falla en seguridad urbana es urgente,
South African English and Portuguese versions:
https://drive.google.com/file/d/1RV_Hz5jVWKjofld0Vr
BsW1MA1y5RHDM3/view?usp=sharing
/https://1drv.ms/b/s!Aj_GUBAAiCpphTd3FtpuY8Q3i8tu?e=LtkTLs . Si
sufres violación de los Neuroderechos en México,
llamar 55 51 28 00 00 y reporte su testimonio
indicando DESASTRETECNOLOGICO CNDH folio
2023/78547 y presenta tu caso de violación de los
neuro derechos,solicitando que se agregue su
testimonio al folio 2023/78547 . Alternativamente
imprime lapetición y firma com bolígrafo, toma una
foto con tu celular y envíalo
atencion.ciudadana.sgirpc@cdmx.gob.mx con el
título PETICIÓN NEURO DERECHOS y en el cuerpo del
correo escribe tu declaración .dirigida a su
Excelencia Marco Antonio Bonilla Mendoza:
https://siphomishecknkosi.blogspot.com/2023/07/me
xico-llamar-55-51-28-00-00-y-reporte.html .
Artículo 1 – Se crea y define en la administración
pública Municipal de Buenos Aires el término
PSICOTRÓNICO como un abuso tecnológico
perpetrado por el ámbito nacional, regional,
departamental, provincial, comunal, distrital o
extranjero contra el municipio o cualquiera de sus
ciudadanos. Inciso primer: Las víctimas de la
vulneración de los neuro derechos, por estar
aislados y atacados por charlatanes psiquiátricos,
quienes en este primer momento solicitamos un
DECRETO de ley, mantenemos la esperanza de que
en el futuro a la promulgación delpresente solicitado
decreto, de conformidad con la Constitución, las
autoridades competentes,en una fecha futura
actualicen la Constitución de la República de
Argentina en su artículo Art. 17 de la siguiente
forma: 1) Agrégase al párrafo final, nuevo:
“Eldesarrollo científico y tecnológico ha hecho que lapropriedad material, originalmente tridimensional,
Gmail – BUENOS AIRES PROTOCOLO Número PP:PP-… https://mail.google.com/mail/u/0/?ik=149722761a&v…
2 of 17 2/20/24, 07:11
se haya puesto al servicio de la cadena de bloques
(Blockchain), que convierte la información biomédica
del ser humano, incluida su integridad física, en
propriedad cibernética inmaterial de quinta
dimensión. , sepultando a los seres humanos de
forma permanente en dicha cadena de bloques. La
ley regulará los requisitos, condiciones y
restricciones para su uso en laspersonas, debiendo
protegerespecialmente la actividad cerebral, así
como la informaciónderivada de ella. Inciso
segundo; Respeto de la prensentación y el contenido
de esta peticióntoda la información científica
contenida en esta petición y que resulta en la falla
en la seguridadurbana que está ocurriendo en el
municipio quedará esclarecida en el futuro cuando
Argentina adquiera SOBERANÍA CIENTÍFICA que es la
finalidad de esta petición, ayudar a la Protección
Civiloficial del municipio a listar a las víctimas de la
violación de los Neuro Derechos y prevenir
ladeflagración de la Bomba bioeléctrica y otras
armas de destrucción masiva, tales como el
INFRASONIDO y las COPIADORAS MASER. Inciso
tercer: Las víctimas de las pruebas iniciales de la
Bomba bioeléctrica, arma de destrucción masiva que
se manifiesta inicialmente portelepatía sintética,
pero que puede exterminar a todas las personas de
una ciudad sin destruir losedificios, estarán
corrigiendo y aclarando el texto de esta petición de
forma permanente hastaque la Protección Civil
oficial de Argentina oficialmente haga el registro de
la lista de víctimas de lacatástrofe tecnológica en
curso. Artículo 2o – Atribuye al término creado y
definido por el Artículo1o el objeto de la creación deeste término en la ciudad de Buenos Aires, que será
exponer el abuso tecnológico que se está
cometiendo contra los ciudadanos y el municipio
presentando medidasde reparación que buscan una
solución. Artículo 3 – La denuncia o corrección del
abuso a que serefiere el artículo 2 constará de
diecinueve párrafos: § 1o – Poner bajo la protección
de lacomisión de derechos humanos de la
municipalidad de Buenos Aires a todos los
ciudadanos que sedeclaren víctimas de abuso
tecnológico, la llamada tortura psicotrónica. Artículo
único – – La terminología V2K, la telepatía sintética y
el acoso colectivo asociado, popularmente llamados
Gang-Stalking (acecho de pandillas), que incluyen el
abuso tecnológico, se explican en el artículo
5,párrafo § 12, inciso segundo; § 2o – Documentar el
abuso perpetrado por la fiscalía o cualquierotro
poder, que insisten en descartar a las víctimas de
abuso tecnológico como enfermos mentales o
esquizofrénicos, buscando restituir a las víctimas en
su derecho a ser escuchadas y tratadas como
personas sanas y conscientes, cuya salud está
siendo perjudicada por abuso tecnológico; § 3o –
Articular la integración con los (…) https://drive.google.com/file/d/1nuzoC4NOopgm9hNaSDsPX9Vicjp8COau/view?usp=sharing
Assinar:
Postar comentários (Atom)
GLADSON GALDINO DA SILVA / PEDIDO DE ABERTURA DE INQUÉRITO POLICIAL
MINISTÉRIO PÚBLICO DO AMAZONAS Número do MP: 11.2024.00005226-6 - Representação SE VOCÊ SOFRE COM A VIOLAÇÃO DOS NEURODIREITOS NO BRASIL OU...
-
https://www.youtube.com/watch?v=1dUSsTHvbbg ---------- Forwarded message --------- De: Wellington Antônio Doninelli Pereira aannttoni...
-
Processo Administrativo 570700250.000094/2024-53 (https://sei.cfp.org.br/sei/controlador_externo.php?acao=ouvidoria&acao_origem=ouvidori...
-
https://1drv.ms/b/s!Aj_GUBAAiCpphUDJfWTrCXVCwI3P?e=huk69n Si no estás en Colombia pero quieres ayudar envía un correo electrónico a ventan...
Nenhum comentário:
Postar um comentário