domingo, 20 de agosto de 2023

Petición San Juan del Río - Querétaro, su Excelencia Lic. Roberto Carlos Cabrera Valencia

https://drive.google.com/file/d/1eDYOGP849q97EtGonRfn-0ZEICZIa4jJ/view?usp=sharing De: Municipio de San Juan del Río websjr@sanjuandelrio.gob.mx Date: domingo, 20/08/2023 à(s) 05:40 Subject: Peticionamos el Alcalde de San Juan del Río - Querétaro , su To: aannttoniopereira@gmail.com Esto es una copia del mensaje enviado a traves de www.sanjuandelrio.gob.mx. Sera atendido a la brevedad posible. Gracias!   Copia del Mensaje: https://drive.google.com/file/d/1eDYOGP849q97EtGonRfn-0ZEICZIa4jJ/view?usp=sharing La LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE MÉXICO en su Articulo 31, párrafo tercer la ley dice que el alcalde puede Presentar ante la Legislatura iniciativas de leyes o decretos; Peticionamos el Alcalde de San Juan del Río - Querétaro , su Excelencia Lic. Roberto Carlos Cabrera Valencia, decrete el día 24 de octubre como el día municipal del Respeto a los Neuro Derechos y el Combate a la Tortura Psicotrónica. Soy Angélica Aurora Torralva Millares. Presidenta de la Asociación Mexicana de Víctimas de Armas Cibernéticas ---MÉXICODELFUTURO --- y quisiera Peticionar al Alcalde de San Juan del Río - Querétaro, su Excelencia Lic. Roberto Carlos Cabrera Valencia un decreto de Ley que declare o dia 24 de outubro como dia do respeito aos Neuro Direitos y por extensión cualquier autoridad Legislativa, Diputados,Senadores, que sometan a votación o promulgen el día 24 de octubre como el día del Respeto a los Neuro Derechos y el Combatel a la Tortura Psicotrónica. Estoy recogiendo datos para la creación de la Estadística de cuantas víctimas de violación de neuro derechos hay en cada municipio mexicano y el radicado de esta Petición es importante para que pueda entrevistar a ciudadanos y preguntarles a través de periódicos, radio, televisión y encuestas callejeras la opinión personal de cada individuo en relación al tema de los Neuro Derechos PETICIÓN 3415792023 radicada con el número: 1-2023-21228: De: Date: sexta, 11/08/2023 à(s) 19:52 Oficial N° 2-2023-21478. Peticionamos que la Alcaldesa Mayor de Bogotá Claudia Nayibe López Hernández y por extensión cualquier autoridad Legislativa, Dputados, Senadores, someta a votación o decrete el día 24 de octubre como el día del Respeto a los Neuro Derechos y el Combate a la Tortura Psicotrónica. MÉXICO, llamar 55 51 28 00 00 y reporte su testimonio indicando DESASTRE TECNOLOGICO CNDH folio 2023/78547 SI ERES VÍCTIMA DEL V2K O TELEPATÍA SINTÉTICA EN MÉXICO ENVÍA SU DENUNCIA A correo@cndh.org.mx y utiliza como título del mensaje agregar al folio 2023/78547 o llamar 55 51 28 00 00 y reporte su testimonio indicando DESASTRE TECNOLOGICO CNDH folio 2023/78547 La Declaratoria de Desastre Tecnologico causados por Armas de Energía Coherente, Máser Láser o Infrasonido por lol cual la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, a través de la CNPC, pueda reconocer la presencia de un Fenómeno Tecnologicol Perturbador , este acto depende de una legislación que reconozca este fenómeno y de la voluntad de la defensa civil en listar a las víctimas, Yo, Luna Ramos, CURP RALJ681009HBCMNN08, que soy víctima de este desastre tecnológico,junto con los testigos de las víctimas Nayely Aguilar Garcia e Angéilica Aurora Torralva Millares, responsabilizamos a los servidores públicos Luis Felipe Puente Espinosa, Dip. Alejandra María Ang Hernández , Dip. Liliana Michel Sánchez Allende , Dip. Rosa Margarita García Zamarripa Dip. Daylin García Ruvalcaba Dip. Amintha Guadalupe Briceño Cinco el deber de enumerar las víctimas de la catástrofe tecnológica provocada por las armas de energía coherente, lo hacemos proponiendo una INICIATIVA POPULAR que debe ser inmediatamente discutida, mejorada y votada, ya que es un falla de la seguridad urbana.La bomba bioeléctrica, que en sus pruebas iniciales provoca v2k y telepatía sintética, puede exterminar a todos los seres humanos de una ciudad entera, sin destruir los edificios, siendo por tanto peor que una bomba atómica o termonuclear, por lo que nueva legislación que frena esta falla en seguridad urbana es urgente South African English and Portuguese versions: https://drive.google.com/file/d/1RV_Hz5jVWKjofld0VrBsW1MA1y5RHDM3/view?usp=sharing / https://1drv.ms/b/s!Aj_GUBAAiCpphTd3FtpuY8Q3i8tu?e=LtkTLs Si sufres violación de los Neuro derechos en México, llamar 55 51 28 00 00 y reporte su testimonio indicando DESASTRE TECNOLOGICO CNDH folio 2023/78547 y presenta tu caso de violación de los neuro derechos, solicitando que se agregue su testimonio al folio 2023/78547. Alternativamente imprime la petición y firma com bolígrafo, toma una foto con tu celular y envíalo atencion.ciudadana.sgirpc@cdmx.gob.mx con el título PETICIÓN NEURO DERECHOS y en el cuerpo del correo escribe tu declaración .dirigida a su Excelencia Lic. Roberto Carlos Cabrera Valencia: https://siphomishecknkosi.blogspot.com/2023/07/mexico-llamar-55-51-28-00-00-y-reporte.html Artículo 1 - Se crea y define en la administración pública Municipal de San Juan del Río - Querétaro el término PSICOTRÓNICO como un abuso tecnológico perpetrado por el ámbito, Nacional, Estatal o extranjero contra el municipio o cualquiera de sus ciudadanos. Inciso primer: Las víctimas de la vulneración de los neuroderechos, por estar aislados y atacados por charlat De: Municipio de San Juan del Río Date: domingo, 20/08/2023 à(s) 05:47 Subject: 02 Peticionamos el Alcalde de San Juan del Río - Querétaro , To: Esto es una copia del mensaje enviado a traves de www.sanjuandelrio.gob.mx. Sera atendido a la brevedad posible. Gracias!   Copia del Mensaje: Artículo 1 - Se crea y define en la administración pública Municipal de San Juan del Río - Querétaro el término PSICOTRÓNICO como un abuso tecnológico perpetrado por el ámbito, Nacional, Estatal o extranjero contra el municipio o cualquiera de sus ciudadanos. Inciso primer: Las víctimas de la vulneración de los neuroderechos, por estar aislados y atacados por charlatanes psiquiátricos, quienes en este primer momento solicitamos un DECRETO de ley, mantenemos la esperanza de que en el futuro a la promulgación del presente solicitado decreto, de conformidad con la Constitución, las autoridades competentes, en una fecha futura actualicen la Constitución Política de la República en su artículo 6, páraffo II ( La información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes) de la siguiente forma: 1) Agrégase al párrafo final, nuevo: El desarrollo científico y tecnológico ha hecho que el patrimonio material, originalmente tridimensional, se haya puesto al servicio de la cadena de bloques (Blockchain), que convierte la información biomédica del ser humano, incluida suintegridad física, en patrimonio cibernético inmaterial de quinta dimensión. , sepultando a los seres humanos de forma permanente en dicha cadena de bloques. La ley regulará los requisitos, condiciones y restricciones para su uso en las personas, debiendo protegerespecialmente la actividad cerebral, así como la información derivada de ella”. Inciso segundo; Respeto de la prensentación y el contenido de esta petición toda la información científica contenida en esta petición y que resulta en la falla en la seguridad urbana que está ocurriendo en el municipio quedará esclarecida en el futuro cuando México adquiera SOBERANÍA CIENTÍFICA que es la finalidad de esta petición, ayudar a la Defensa Civil oficial del municipio a listar a las víctimas de la violación de los Neuro Derechos y prevenir la deflagración de la Bomba bioeléctrica y otras armas de destrucción masiva, tales como el INFRASONIDO y las COPIADORAS MASER. Inciso tercer: Las víctimas de las pruebas iniciales de la Bomba bioeléctrica, arma de destrucción masiva que se manifiesta inicialmente por telepatía sintética, pero que puede exterminar a todas las personas de una ciudad sin destruir los edificios, estarán corrigiendo y aclarando el texto de esta petición de forma permanente hasta que la Defensa civil oficial de México oficialmente haga el registro de la lista de víctimas de la catástrofe tecnológica en curso. Artículo 2º - Atribuye al término creado y definido por el Artículo 1º el objeto de la creación de este término en la ciudad de San Juan del Río - Querétaro, México, que será exponer el abuso tecnológico que se está cometiendo contra los ciudadanos y el municipio presentando medidas de reparación que buscan una solución. Artículo 3 – La denuncia o corrección del abuso a que se refiere el artículo 2 constará de diecinueve párrafos: • 1º – Poner bajo la protección de la comisión de derechos humanos de la municipalidad de San Juan del Río - Querétaro a todos los ciudadanos que se declaren víctimas de abuso tecnológico, la la llamada tortura psicotrónica. Artículo único - - La terminología V2K, la telepatía sintética y el acoso colectivo asociado, popularmente llamados Gang-Stalking, “pandilla acecho”, que incluyen el abuso tecnológico, se explican en el artículo 5, párrafo § 12, inciso segundo; • 2º - Documentar el abuso perpetrado por la fiscalía o cualquier otro poder, que insisten en descartar a las víctimas de abuso tecnológico como enfermos mentales o esquizofrénicos, buscando restituir a las víctimas en su derecho a ser escuchadas y tratadas como personas sanas y conscientes, cuya salud está siendo perjudicada. por abuso tecnológico; • 3º - Articular la integración con los servicios (unidad de salud de la familia, unidades básicas de salud, urgencia y emergencia, centro de referencia, entre otros), así como con otros profesionales de la salud en la perspectiva de que la víctima que activa esta ley sea tratada como Clasificación Internacional de Enfermedades CIE W90.0X ( https://www.enfermedades.com.es/grupo/w90), para que se respete el derecho de la víctima a manifestar que se trata de un abuso tecnológico que no puede ser tratado como un simple caso congénito; • 4º - Mantener debidamente actualizadas a las Comisiones Técnicas de Defensa Civil sobre las necesidades de las víctimas en la obtención de equipos de protección que detecten y detengan la tortura psicotrónica; Inciso único: Las víctimas de la violación de los Neuro Derechos deben registrar la Asociación de víctimas de la cual forman parte en la Defensa Civil • 5°- Adoptar normas y procedimientos operativos para que todas las actividades que se desarrollen en ejecución de esta ley tengan impacto en las universidades y centros de investigación; • 6º - Programar, a través del est

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